Grupo Aval y Corficolombiana niegan acusaciones de soborno y conflicto de interés

Síguenos en nuestro canal de noticias de WhatsApp - Publicidad - A través de un comunicado, el Grupo Aval y su filial Corficolombiana negaron las acusaciones hechas hoy por el superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, en cuanto a que conocían y participaron de los sobornos pagados por la brasileña Odebrecht en Colombia. […]

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A través de un comunicado, el Grupo Aval y su filial Corficolombiana negaron las acusaciones hechas hoy por el superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, en cuanto a que conocían y participaron de los sobornos pagados por la brasileña Odebrecht en Colombia.

A su vez, negaron haber incurrido en un presunto conflicto de intereses para la consecución del contrato de la Ruta del Sol II, tal como lo denunció hoy Robledo quien formuló pliego de cargos en contra de las empresas y varios de sus principales directivos, entre ellos, el presidente del Grupo Aval, Luis Carlos Sarmiento Gutiérrez.

Este es el comunicado del Grupo Aval y Corficolombiana:

“Grupo Aval Acciones y Valores S.A., Corficolombiana S.A. y Episol S.A.S. se permiten señalar lo siguiente en relación con la información dada a conocer en la rueda de prensa de la Superintendencia de Industria y Comercio (“SIC”), acerca del pliego de cargos formulado por dicha entidad respecto del proyecto de infraestructura vial Ruta del Sol Sector 2, por una supuesta violación a las normas de libre competencia:

-Lo anunciado por la SIC corresponde a la apertura de una investigación formal que se conoce como una formulación de pliego de cargos, al final de la cual, y luego de surtidas las etapas procesales correspondientes, puede resultar en la desestimación de éstos o En la imposición de sanciones hasta por un monto máximo reglamentado en la legislación en materia de competencia.

-El accionista mayoritario y operador de la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., con el 62.01% de su capital social es Odebrecht a través de Construtora Norberto Odebrecht S.A. y Odebrecht Latinvest Colombia S.A.S.

-Como es de público conocimiento, Odebrecht confesó el pago de sobornos como práctica habitual y generalizada en sus operaciones internacionales. En este sentido, la información dada a conocer por la SIC en relación con la formulación del cargo por el pago de un soborno para la adjudicación del contrato de concesión correspondiente al proyecto de infraestructura vial Ruta del Sol Sector 2, se refiere a los mismos hechos que se conocen por la opinión pública en las diferentes investigaciones que adelanta la Fiscalía General de la Nación.

Tal y como se ha expresado en varias ocasiones, y se reitera nuevamente, en el marco de dichas investigaciones no hay pruebas que demuestren que en las prácticas de soborno de Odebrecht hayan participado Grupo Aval, Corficolombiana, ni Episol.

De la misma forma, es claro que ni desde las cuentas de Corficolombiana ni de las de su filial, Episol, se efectuaron pagos irregulares como los mencionados el día de hoy en la rueda de prensa de la SIC.

-Adicionalmente, Grupo Aval, Corficolombiana y Episol rechazan de manera vehemente el cargo que se les imputa de “Aprovechamiento de conflicto de interés”. A lo largo de su historia Grupo Aval se ha caracterizado por adelantar sus operaciones con absoluta transparencia e irrestricto apego a la Ley. Estos mismos principios de gobierno corporativo y legalidad han sido instaurados y observados en las sociedades controladas por Grupo Aval.

-Las entidades reiteran su absoluto respaldo a las investigaciones adelantadas por las diferentes autoridades y confían que éstas actuarán con total imparcialidad lo cual permitirá demostrar que su accionar no infringió las normas. De igual manera, continuarán colaborando con las autoridades que lo requieran para esclarecer los hechos asociados al escándalo propiciado por Odebrecht y ciertos agentes estatales.

-Grupo Aval, Corficolombiana, Episol y sus ejecutivos no han sido notificados de la resolución anunciada en la rueda de prensa de la SIC. Las Entidades ejercerán su legítimo derecho a la defensa, brindarán cualquier explicación que se requiera y aportarán o solicitarán las pruebas que sean necesarias para demostrar que no existió ilegalidad alguna en sus actuaciones ni en las de sus funcionarios”.

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