Ahora | MinHacienda sí analiza enajenación de acciones en ISA, pero no hay decisión definitiva

El Gobierno de Colombia sí evalúa la venta de sus acciones en ISA, pero no ha tomado una decisión definitiva al respecto y dependerá también de varios trámites legales.

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Ministerio de Hacienda de Colombia. Foto: Archivo Valora Analitik
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El Ministerio de Hacienda de Colombia, mediante un comunicado a la Superintendencia Financiera, reconoció que sí analiza la posibilidad de enajenar el 51 % de la propiedad accionaria que tiene en Interconexión Eléctrica S.A. (ISA).

En días pasados se conoció de nuevo la intención del Gobierno colombiano de vender sus acciones en la empresa lo que le podría representar unos US$4.000 millones.

En su comunicación, el Ministerio de Hacienda explica que, aunque sí evalúa la posibilidad de la venta, no se ha llegado a una decisión definitiva.

Y, advirtió, tomar esa decisión tiene varios componentes legales que deberán surtirse primero.

Este es el comunicado del Gobierno sobre ISA:

“En atención a la comunicación enviada a esta Cartera con ocasión del requerimiento proferido por la Superintendencia Financiera relacionada con la posible enajenación de la participación accionaria de la Nación en la empresa Interconexión Eléctrica S.A E.S.P. (“ISA”), lo primero es señalar que, en el marco de la planeación fiscal de mediano plazo, el Gobierno nacional se encuentra evaluando la estrategia de administración de activos que le permita optimizar la rentabilidad del portafolio de empresas en las que tiene participación la Nación, y su mejor aprovechamiento.

En desarrollo de este proceso, el Gobierno se encuentra analizando, entre otras empresas, a ISA, empresa en la cual la Nación tiene una participación del 51%, sin que a la fecha se hubiese tomado una decisión definitiva frente a su enajenación.

Asimismo, es preciso aclarar que previo a que el Gobierno nacional adelante un proceso de privatización, deberá dar cumplimiento a la Ley 226 de 1995, lo que implica la expedición de un decreto contentivo del Programa de Enajenación, y deberá dar cumplimiento a la normatividad que se encuentre vigente para cualquier proceso de enajenación.

Así las cosas, mientras no se surtan las aprobaciones respectivas, y sin que se hubiere expedido el decreto por medio del cual se aprueba el Programa de Enajenación de una participación accionaria pública, la aprobación de la enajenación no ha sido concedida en los términos de la Ley 226 de 1995, por lo que no es procedente señalar que el Gobierno ha tomado decisión alguna respecto a la enajenación total o parcial de su participación accionaria en ISA.

Cordialmente,

Adriana Mazuera Child
Directora General de Participaciones Estatales
Ministerio de Hacienda”.

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