Sancionado Avantel por uso indebido del espectro que le corresponde a WOM

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Hoy, la Agencia Nacional del Espectro (ANE) de Colombia impuso una multa superior a $10.000 millones contra el operador móvil Avantel por hacer uso del espectro radioeléctrico que le corresponde a WOM sin autorización del Ministerio de las TIC.

Así lo indicó por medio de la resolución 000240 del 3 de junio de 2021, de acuerdo con un reporte de El Espectador.

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La Agencia dijo que tomó la decisión meses después de que se conocieron denuncias de otros operadores (Claro y Tigo) relacionadas con un posible uso indebido del espectro asignado a Partners (WOM) por parte de Avantel.

El julio de 2020, la firma Partners confirmó la primicia de Valora Analitik sobre la compra del negocio de Avantel.

Sin embargo, en la resolución se lee que para usar el espectro de otro operador es necesaria la autorización del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic), debido a que el espectro, aunque asignado a privados para su operación, sigue siendo un bien de la Nación, explicó el periódico.

En el proceso y a pesar de que Avantel aportó contratos como prueba de que hubo un acuerdo de provisión de servicios de red entre las partes, la ANE aseguró que esto no legitima la infracción.

“Quedó acreditado que la sociedad investigada no contaba con autorización previa y expresa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el uso de aquellas frecuencias”, expresó en la resolución que se puede descargar completa aquí.

La entidad enfatizó que quien emplea una red de telecomunicaciones a través de la ocupación del espectro radioeléctrico para prestar servicios a usuarios finales debe necesariamente contar con un permiso especial.

“Esta empresa desconoció el ordenamiento y más grave aún pretendió encubrir su falta con documentos que no pueden de ninguna manera sustituir o reemplazar la necesaria e imperiosa intervención de la Administración que a través del MinTIC debe autorizar el uso del espectro en el país”, señaló El Espectador.

La Agencia impuso a Avantel una sanción por 11.732 salarios mínimos legales mensuales (unos $10.600 millones) y le dio 15 días para efectuar el pago total de la deuda. Además, ordenó el cese definitivo de sus operaciones en las frecuencias 723 – 733 MHz y 778 – 788 MHz por no tener una autorización legítima del Estado.

En el proceso, las sociedades Comunicación Celular Comcel S.A. (Claro) y Colombia Móvil S.A. E.S.P. (Tigo) presentaron denuncias y el Grupo de Control Técnico del Espectro de la Subdirección llevó a cabo verificación y monitoreo en la ciudad de Bogotá durante el 12 y 13 de agosto de 2020, en las bandas de frecuencia de 700 MHz y AWS, asignadas para la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles, hallándose ocupación y uso de las frecuencias 723 MHz–733 MHz (upllink) y 778 MHz–788 MHz (downlink), individualizándose además como su posible responsable a la sociedad Avantel S.A.S en Reorganización.

La ANE señaló que la Ley 1978 de 2019, “en un sentido unívoco, especifico y puntual establece que el uso del espectro radioeléctrico requiere de permiso previo y expreso, otorgado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y que dicha autoridad es la única investida de potestad para autorizar cualquier cesión de estos permisos, así como además informa que el Gobierno nacional goza de potestad reglamentaria tratándose justamente de la figura de la cesión del espectro”.

La defensa de Avantel aseguró, dice el expediente, que “no es verdad que Partners Telecom Colombia S.A.S. tuviera el control operativo, financiero y societario de Avantel S.A.S. en reorganización y que, por ello, funcionaran como una sola empresa desde el 12 de febrero de 2020, pues se trata de dos compañías claramente diferenciadas que hacen parte de un mismo grupo empresarial, pero con personería jurídica y autonomía patrimonial, técnica, administrativa y financiera”.

Agregaron que no es cierto que Avantel no tenga vigentes permisos para uso del espectro radioeléctrico y que esta haga uso del espectro sin el respectivo permiso debidamente otorgado por el Ministerio colombiano.

La ANE no aceptó los descargos de la defensa y ratificó la sanción contra Avantel que, hasta ahora, no se ha pronunciado al respecto.

 

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