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¿Empresa o trabajador: quién debe hacer el proceso para reconocer una pensión? Esto dice la reforma de Petro

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Trabajadores en Colombia. Imagen: tomada de @idubogota

La reforma pensional del gobierno Petro, que se espera empiece sus debates en la Cámara de Representantes, tiene una serie de puntos a tratar sobre lo que debería ser el reconocimiento de la pensión de los trabajadores en Colombia que cumplieron con la edad y semanas para el retiro.

Según el documento, se pretende reglamentar este tipo de procesos para que, tanto empleadores como empleados, tengan menos trabas al momento de llevar a cabo el plan de jubilación.

Empieza por explicar la reforma que una empresa podrá iniciar con el proceso de reconocimiento de la pensión en Colombia considerando como justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo que el trabajador cumpla con los requisitos establecidos para tener derecho a la pensión de vejez.

Aprobación de reforma pensional en el Senado
La reforma pensional fue aprobada en eu segundo de cuatro debates. Ahora deberá surtir dos más en la Cámara de Representantes. Foto: MinTrabajo

“El empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo o la relación legal o reglamentaria, cuando además de la notificación del reconocimiento de la pensión se le notifique debidamente su inclusión en la nómina de pensionados por parte de la administradora del sistema”, dice el documento.

De esta manera, el reconocimiento de la pensión para los trabajadores en edad de retiro, y con los requisitos al día, llevará a que transcurridos 30 días después de que el trabajador cumpla con lo establecido en esta ley para tener derecho a la pensión se concrete el proceso.

Un punto clave tiene en cuenta que. si el trabajador no la solicita, el empleador podrá solicitar el reconocimiento de la misma en nombre del empleado y dará aviso al trabajador.

Las otras disposiciones sobre el proceso de reconocimiento de la pensión en Colombia

“Lo dispuesto en este artículo rige para todos los trabajadores o servidores públicos afiliados al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte, salvo que el servidor público realice la manifestación de voluntad de continuar en la entidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 1821 de 2016”, explica el proyecto de reforma pensional.

Según la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, todo el sistema de pensiones en Colombia deberá simplificar buena parte de sus procesos y hacer más amable las condiciones que deben cumplir empresas y empleados para tener la mesada de jubilación.

Como lo explica este apartado de la reforma, la idea es que se asuman las obligaciones respectivas y así poder tener un proceso menos traumático al momento del retiro.

Reforma pensional en Colombia herencia de la pensión
Reforma pensional en Colombia. Imagen: Alcaldía de Bogotá

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El gobierno del presidente Petro espera que, en los próximos días, se encuentren los nuevos puntos en común para consolidar un documento que vaya a debates en la Cámara de Representantes en los dos debates que le hacen falta para su aprobación definitiva.

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