La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos contra la Dimayor (División Mayor del Fútbol Profesional Colombiano) y 16 clubes de fútbol profesional en Colombia, para establecer si estos agentes habrían limitado la libre competencia en el mercado de los derechos deportivos de los jugadores de fútbol, al impedir la transacción de al menos 16 jugadores entre 2018 y 2021. Para más información de empresas haga clic aquí.
Además, la Superintendencia formuló pliego de cargos contra 20 personas naturales vinculadas con los agentes investigados; esto con el fin de determinar si habrían permitido la colaboración, facilitación, autorización o ejecución de las conductas investigadas.
Los equipos investigados son:
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El caso
La investigación se inició después de que esta Superintendencia recibiera una queja presentada por la Asociación Colombiana de Fútbol – Acolfutpro -, representada por el abogado Jairo Rubio Escobar. De acuerdo con el caso, diez de los clubes investigados habrían enviado comunicaciones a otros clubes con el fin de impedir la transacción de los derechos deportivos de al menos 16 jugadores entre 2018 y lo corrido de 2021.
Asimismo, la SIC identificó comunicaciones emitidas por los clubes investigados, en las que se manifiesta su aprobación frente a un listado de jugadores vetados con los que se restringe la negociación de sus derechos deportivos, en lo que constituiría un acuerdo anticompetitivo entre los clubes por la adquisición de estos derechos.
Por su parte, la División Mayor Del Fútbol Colombiano, en su rol de ente rector de los clubes de fútbol profesional colombiano, habría tenido conocimiento de la existencia y contenido de listados de jugadores vetados.
A pesar de ello y de contar con los mecanismos jurídicos para sancionar estas conductas ante su comisión disciplinaria, mantuvo una posición pasiva permitiendo sanciones de facto sobre los jugadores que pretendieron ejercer sus derechos ante los clubes de fútbol investigados.
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En este caso la Superintendencia podrá imponer multas hasta de 100.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (Smlmv) por cada infracción al régimen de libre competencia, y de hasta 2.000 Smlmv por cada infracción a quienes colaboren, faciliten, autoricen, ejecuten o toleren las conductas anticompetitivas.
Contra la decisión de abrir investigación de la Delegatura para la Protección de la Competencia no procede ningún recurso, de acuerdo con la SIC.
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