El 31 de enero es la fecha límite para que sean consignados los intereses de las cesantías en Colombia, el cual debe ser cancelado directamente a la cuenta de ahorros del trabajador y corresponde al 12 % anual o proporcionales por fracción del total de las cesantías.
De igual manera, el próximo 14 de febrero es la fecha límite para el pago de las cesantías, las cuales corresponden a un mes de salario por cada año trabajado y son consignadas al fondo elegido por el trabajador.
Por ejemplo, si una persona gana $1.300.000 y trabaja todo el año completo desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre, tiene derecho al reconocimiento de $1.300.000 como valor de cesantías y $156.000 por sus intereses.
Teniendo claras las fechas anteriores, cabe mencionar que las cesantías y sus intereses son una prestación social que ocasionalmente representa apuros para las empresas, sobre todo en pymes donde hay un mayor grado de informalidad y variables representativas en el flujo de caja; un golpe que puede generar pérdidas económicas si no hay una preparación previa.
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Recomendaciones para pagar las cesantías a tiempo
Para evitar lo anterior y no tener contratiempos en el pago de ello Alexander Hernández Fuentes, experto en consultoría financiera corporativa, entrega algunas recomendaciones a tener en cuenta para que las empresas optimicen recursos y eviten sanciones.
- Realizar un modelo de gestión financiera del año: El diseño de una modelación financiera anual le permitirá reconocer cuales son los recursos con los que cuenta y analizar si tiene la capacidad suficiente para operar correctamente.
- Planeación: Decidir previamente cómo se van a implementar los recursos es fundamental para asegurar el éxito de la empresa y evitar contratiempos que resulten en pérdidas.
- Programación de recursos: Este paso permite habilitar las reservas disponibles cuando estén esos excedentes y no destinar dichos recursos en otra cosa que no sea la correspondiente. Dado el caso de que requiera usarlos se debe modelar, planear y programar nuevamente en qué momento se obtendrá ese recurso.
- Habilitar una línea de crédito previamente por el monto que le costarán las cesantías: Usualmente los bancos y fintech especializadas, ofrecen líneas de crédito con bajas tasas de interés para las empresas que no lograron conseguir los recursos sobre las cesantías en el año. No obstante, se aconseja endeudarse lo mínimo que sea posible y si en definitiva debe hacerlo, es recomendable emplear un crédito que se pueda pagar en un tiempo menor a un año, de lo contrario en vez de solucionar, se está creando un problema que se convierte en una bola de nieve a largo plazo.
- Transparencia: En caso de que no se cumpla con el pago en el tiempo establecido, siempre lo más conveniente será decirle la verdad a los empleados y tener una buena comunicación para explicar las razones por las cuales se presentó el atraso, así como también, hacer un acuerdo de pago que se cumpla obligatoriamente, pues el incumplimiento traerá sanciones y demandas para la empresa.
“Las cesantías son una obligación patronal y un derecho laboral. Por lo tanto, es importantísimo tener presente que, de no cumplir, el empleador será objeto de sanción, la cual consiste en el pago de un día de salario por cada día de retraso, según el artículo 99 de la ley 50 de 1990. Por otro lado, si se habla del pago de los intereses, suponiendo que se pase del 31 de enero y no se haya otorgado el pago, la empresa deberá transferir el doble, o sea el 24 %”, puntualizó Hernández.
Finalmente, la mayoría de las personas emplea este dinero extra en mejoras locativas de su hogar e inversión en estudios, sin embargo, esta prestación está diseñada para generar un ahorro para los trabajadores en tiempos de cesión de trabajo, siendo un salvavidas financiero para los colombianos.