Declaración de renta en Colombia: vencimientos septiembre 12 a 16

Continúan los vencimientos para presentar la declaración de renta en Colombia y los contribuyentes deben estar pendientes esta semana de sus pagos.

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Continúan los vencimientos para presentar la declaración de renta en Colombia y los contribuyentes deben estar pendientes esta semana de sus pagos.

Una de las diligencias que los colombianos deben presentar ante la Dian es el diligenciamiento de su declaración de renta. Incluso, si usted acude a la ayuda de plataformas como Tributi, con solo presentar la documentación completa y conectarse al sistema de la Dian, cumple con este trámite y no tiene que presentarse ante un banco para cumplir con la obligación.

Es importante recordar que si usted es contribuyente con residencia fiscal en el país y aún no ha presentado su declaración, revise esta información.

De lo contrario, si llega a presentar su declaración por fuera de la fecha, incurrirá en una sanción de extemporaneidad, equivalente a 10 UVT vigentes para 2022 ($380.100), además de otros intereses moratorios y multas si presentó mal la declaración. Vea más en finanzas personales.

Según la DIAN, el Número de Identificación Tributaria, NIT, de las personas naturales son los mismos de la cédula de ciudadanía, y los vencimientos aplican para los últimos dos dígitos del NIT. 

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¿Quiénes deben presentar su declaración de renta en Colombia?

La DIAN establece cada año tributario los topes para la declaración de renta, donde se pautan varios criterios de revisión como son los ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior; para el 2022 quedaron establecidos los siguientes topes:

  • El patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000.
  • Los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000.
  • Los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000.
  • El valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000.
  • El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000.
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