Cementos Argos confirmó detalles y fecha para conversión de acciones preferenciales a ordinarias

Los accionistas de Cementos Argos deben consultar la Guía Informativa que contiene las reglas de la conversión que se hará en mayo. Conozca la fecha exacta.

Imagen de camiones de Cementos Argos. Archivo Argos.
Cementos Argos y conversión de acciones/Archivo Argos.

Cementos Argos anunció hoy nuevos detalles sobre la conversión de acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto (“ADPs”) en acciones ordinarias (“AOs”) de la compañía.

Así, confirmó que a partir de mañana 18 de abril de 2024 se dará inicio al periodo de recepción de notificaciones de no conversión (tal y como dicho término se define más adelante).

En atención a lo establecido en la Guía Informativa, Cementos Argos aclaró lo siguiente:

Destacado: Aprueban conversión de acciones de Cementos Argos de preferenciales a ordinarias

1.      Que, aprobada la conversión por la Asamblea de Accionistas y autorizada por la Superfinanciera de Colombia, cada accionista convertirá automáticamente todas sus ADPs en AOs en la fecha de conversión.

2.      Que, el accionista que no desee convertir sus ADPs en AOs, tendrá la opción de no convertirlas, para lo cual deberá enviar al email conversion@argos.com.co, el formato de notificación de no conversión de ADPs en AOs de la compañía entre el 18 de abril de 2024 a las 8:00 a.m. y el 2 de mayo de 2024 a las 5:00 p.m.

Cualquier notificación de no conversión que sea entregada por fuera de este periodo se entenderá no entregada. De la misma manera, las notificaciones de no conversión que se entreguen incompletas o que sean ininteligibles total o parcialmente o se dirijan a una dirección de correo distinta a la enunciada, se tendrán por no presentadas y, en consecuencia, no producirán efecto jurídico alguno y no se les dará trámite.

3.      Que, como quiera que el proyecto de conversión no contempla conversiones parciales y que la conversión solo podrá realizarse bajo la condición “todo o nada”, el accionista que no entregue la notificación debidamente diligenciada, entiende que la totalidad de sus ADPs se convertirán en AOs y el accionista que entregue la notificación de no conversión acepta que no convertirá ninguna de sus ADPs en AOs.

4.      La notificación de no conversión será irrevocable y estará sujeta a la condición resolutoria consistente en que las ADPs de las que sea titular el accionista que suscribe la notificación de no conversión, sean enajenadas a cualquier título antes de la fecha de conversión. En consecuencia, si un accionista titular de ADPs entrega una notificación de no conversión y posteriormente enajena total o parcialmente sus ADPs, esta no surtirá ningún efecto en relación con las acciones que se hayan enajenado.

5.      La conversión de las ADPs con limitaciones al dominio estará sujeta a la obtención de la autorización previa de la autoridad que ordenó la medida o del acreedor prendario, según corresponda.

6.      La conversión se llevará a cabo el viernes siguiente a la finalización del Período de Recepción de Notificaciones de No Conversión, esto es el 3 de mayo de 2024. Para efectos de claridad, la conversión se realizará al cierre del día de la fecha de conversión.

En el sitio web https://ir.argos.co/sprint/ se encuentra disponible la Guía Informativa que contiene las reglas de la conversión, el formato de la Notificación de No Conversión y un instructivo para el diligenciamiento de Notificación de No Conversión.

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