Niegan demanda que interpuso Metro de Medellín contra el Área Metropolitana del Valle de Aburrá

El Consejo de Estado ratificó que el Área Metropolitana del Valle de Aburrá no estaba obligada a asumir sobrecostos.

Foto: Metro de Medellín

El absolvió al Área Metropolitana del Valle de Aburrá en la demanda de más de $1.800 millones que interpuso en su contra el , por los sobrecostos que generó la construcción de la vía Regional Sur en la capital antioqueña.

El 28 de junio de 1994, el Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Metro de Medellín celebraron un convenio administrativo por $2.000 millones para la construcción de la vía Regional Sur entre la quebrada Ayurá y la calle 50 sur (costado oriental del río Medellín).

Para la empresa Metro de Medellín, durante la ejecución de la obra, se presentó un rompimiento del equilibrio económico por causas atribuibles al Área Metropolitana. A su juicio, la inexactitud en los estudios de suelos y otras circunstancias ocasionaron una inversión mayor de trabajo por parte de la empresa. Por eso, interpuso una demanda de controversias contractuales, con miras a obtener el pago de más de $1.800 millones, para cubrir los alegados sobrecostos.

El Tribunal Administrativo de Antioquia negó las pretensiones de la demanda, entre otras cosas, porque la empresa Metro ya se había comprometido a asumir los mayores costos que generara la obra de la vía Regional Sur, construcción que, a su juicio, ya estaba prevista en el convenio suscrito en 1984 para la puesta en funcionamiento del Metro, que obligaba a la demandante a cubrir los costos de la obra.

La accionante interpuso recurso de apelación, con miras a que el Consejo de Estado reconociera la necesidad de reestablecer el equilibrio económico del convenio. Indicó que esta obra no hacía parte de los compromisos asumidos en el convenio para la construcción del metro y agregó que frente a la construcción de la vía en cuestión su rol era el de contratista del Valle de Aburrá, entidad que, como contratante, debía asumir los costos adicionales que generara la ejecución de la obra

El Consejo de Estado ratificó que el Área Metropolitana del Valle de Aburrá no estaba obligada a asumir estos sobrecostos.

Sostuvo que, si bien la construcción no estaba prevista dentro del proyecto para la puesta en funcionamiento del Metro y en este caso la demandante simplemente fungía como contratista de una obra de exclusivo interés del Área Metropolitana, la empresa estaba en la obligación de prever los posibles sobrecostos.

Los costos adicionales son atribuibles a la demandada que, de manera negligente, decidió iniciar la obra sin antes haber efectuado los respectivos estudios, a pesar de que era la responsable de elaborarlos, puntualizó la alta corte sobre su decisión.

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