Este es el dinero extra que le deben incluir a trabajadores con la prima y muchos desconocen

La prima de servicios corresponde a un mes de salario por cada año trabajado y se liquida en dos pagos semestrales.

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Durante el mes de junio, los trabajadores en Colombia tienen derecho a recibir la prima de servicios, una prestación social obligatoria consagrada en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. Esta debe pagarse en dos momentos del año: una parte en junio y la otra en diciembre. Para el primer semestre, el pago debe realizarse a más tardar el 30 de junio.

La prima de servicios corresponde a un mes de salario por cada año trabajado y se liquida en dos pagos semestrales, de forma proporcional al tiempo laborado en cada periodo. Esto implica que, si un trabajador ha estado vinculado durante los seis meses completos del primer semestre, tendrá derecho al 50 % de un salario mensual, calculado con base en los ingresos que constituyen salario.

Para calcular correctamente esta prestación, es necesario considerar no solo el salario básico, sino también otros pagos que se realizan de manera habitual y que forman parte del salario. Entre estos se incluyen los recargos nocturnos, dominicales, horas extras, pagos por días festivos y cualquier bonificación habitual que el trabajador reciba. Todos estos valores deben sumarse para establecer la base de liquidación.

Es importante aclarar que el auxilio de transporte no hace parte del salario, ya que se considera una ayuda destinada a cubrir los costos de desplazamiento del trabajador. Por lo tanto, no se debe incluir en el cálculo de la prima de servicios.

Prima de servicios
Prima de servicios, Foto: tomada de Freepik

Así se calcula la prima de servicios

En caso de que un trabajador devenga el salario mínimo mensual legal vigente para el año 2025, fijado en $1.423.500, y adicionalmente recibe el auxilio de transporte por $162.000, dado que su ingreso se encuentra por debajo de los dos salarios mínimos. Este auxilio, como ya se indicó, no se tiene en cuenta en la liquidación.

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Ahora bien, si dicho trabajador recibe en promedio $150.000 mensuales por concepto de horas extras, este monto sí debe sumarse al salario básico. La base de liquidación, en ese caso, será de $1.573.500 ($1.423.500 + $150.000).

Si el trabajador ha laborado los 180 días correspondientes al semestre, el cálculo sería:
($1.573.500 × 180) / 360 = $786.750.

Este será el valor que el trabajador debe recibir como prima legal correspondiente al primer semestre del año.

El cumplimiento de esta obligación por parte de los empleadores es fundamental para garantizar los derechos laborales. El no pago oportuno puede acarrear sanciones, y es deber del trabajador conocer los elementos que intervienen en la liquidación para verificar que se le haya reconocido el valor correcto.