DIAN confirma ajuste en el calendario tributario que muchos no esperaban 

La DIAN confirmó un cambio inesperado en el calendario tributario de abril de 2026. Varias obligaciones fiscales tendrán nuevas fechas.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) confirmó un cambio en el calendario tributario de 2026 que impactará varios vencimientos previstos para abril y que deberán ser revisados por empresas y contribuyentes en Colombia. 

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La entidad informó que los plazos tributarios que coincidan con el viernes 17 de abril de 2026 se modificarán debido a la declaratoria de ese día como “Día Cívico de la Paz con la Naturaleza”, establecida en el Decreto 500 de 2024

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En consecuencia, todas las obligaciones tributarias nacionales que tenían vencimiento en esa fecha se trasladarán automáticamente al lunes 20 de abril de 2026, que corresponde al siguiente día hábil. La decisión no solo afecta ese vencimiento puntual, sino que también modifica el resto de fechas previstas posteriormente dentro del mismo mes. 

Qué cambió en el calendario tributario de la DIAN 

Según explicó la DIAN, los plazos tributarios en Colombia se calculan en días hábiles, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2229 de 2023, que fijó el calendario tributario aplicable para el cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales del orden nacional.  

Al declararse como no hábil el tercer viernes de abril —que en 2026 corresponde al 17— los vencimientos que caían en esa fecha se trasladan al siguiente día laboral y, además, se corre en un día el cronograma posterior del mes

Esto significa que varios contribuyentes deberán revisar nuevamente las fechas previstas para abril, ya que el ajuste puede afectar la planeación de pagos y presentación de declaraciones. 

De acuerdo con la DIAN, “cuando el vencimiento de una obligación coincida con el tercer viernes de abril —declarado día cívico para las entidades del orden nacional— el plazo para cumplir con la misma se trasladará al siguiente día hábil”. 

Obligaciones tributarias que se ven impactadas 

El cambio en el calendario tributario impacta diversas obligaciones nacionales que tradicionalmente tienen vencimientos en abril. Entre ellas se encuentran: 

  • Declaración y pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta de grandes contribuyentes correspondiente al año gravable 2025. 
  • Declaración y pago mensual de retención en la fuente durante 2026. 
  • Declaración anual de Presencia Económica Significativa (PES)
  • Declaración anual y pago del Régimen Simple de Tributación (RST)

En el caso de los grandes contribuyentes, el calendario original establece que la declaración y el pago de la segunda cuota del impuesto de renta del año gravable 2025 se realicen durante abril según el último dígito del NIT.  

DIAN

Por lo tanto, cualquier vencimiento que coincidiera con el 17 de abril se desplazará al 20 de abril, y los plazos posteriores también se ajustarán. 

El Decreto 500 de 2024 declaró como día cívico el tercer viernes de abril de cada año para las entidades del orden nacional, con el objetivo de promover actividades relacionadas con la protección de los recursos naturales y la conciencia ambiental. 

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Dado que ese día se considera no hábil para efectos administrativos, también afecta el cómputo de los plazos tributarios nacionales. 

Esto tiene implicaciones prácticas para las empresas, contadores y áreas financieras, ya que el calendario fiscal depende directamente de la contabilización de días hábiles. 

Puede consultar el calendario tributario año gravable 2025 actualizado haciendo clic en este enlace