La Corte Constitucional avaló la gran mayoría de la reforma pensional; sin embargo, una serie de artículos deberán ser debatidos nuevamente en la Cámara de Representantes.
Algunos de estos puntos son fundamentales para el funcionamiento general del proyecto, aunque la estructura base de la reforma sí fue aprobada por el alto tribunal.

Con esto, la Cámara tendrá un plazo de hasta 30 días para corregir los vicios de trámite de la reforma pensional, derivados de la falta de debate de dichos artículos.
Los artículos de la reforma pensional que deben volver a debatirse
- Artículo 11 (inciso 4): Aspectos sobre deberes e información a los afiliados
- Artículo 14: Obligaciones de los empleadores y entidades administradoras
- Artículo 19 (literal K): Disposiciones sobre el pilar contributivo
- Artículo 23 (parágrafo transitorio): Reglas específicas para el régimen de transición o condiciones de ingreso al sistema
- Artículo 36: Puntos sobre la propiedad y naturaleza de los fondos en el pilar contributivo (ahorro individual / componente complementario)
- Artículo 63 (inciso 2): Disposiciones de gobernanza o administración de recursos del Fondo de Ahorro
- Artículo 84 (numeral 5): Precisiones técnicas o regulatorias del esquema de pilares
- Artículo 92 (inciso 1): Ajustes a la transición y reglamentación inicial del sistema
- Artículo 93: Ajustes procedimentales y regulatorios de la ley
- Proposición para un artículo nuevo: Propuesta por la exrepresentante Jennifer Pedraza

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Cabe recordar que la entrada en vigor de la reforma pensional quedó establecida para el 1 de abril de 2027.



