El Gobierno nacional reversó su intención de intervenir a dos de las superintendencias más relevantes y cambiarles algunas de sus funciones en pro de la reindustrialización que plantea.
Así quedó evidenciado tras la radicación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) en la noche de este lunes. En el texto final se reemplazó el artículo 205 del borrador del documento donde se planteaba este escenario.
En el documento preliminar al que tuvo acceso Valora Analitik, el presidente Petro tendría facultades extraordinarias, por un período de seis meses -desde la publicación de la ley- para expedir normas con el fin de modificar las funciones y competencias de las Superintendencias de Sociedades y de Industria y Comercio.
“Determinar y modificar los objetivos, funciones y competencias relacionadas con el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control, incluido el régimen sancionatorio a cargo de las Superintendencias de Sociedades y de Industria y Comercio”, señaló el documento.
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El segundo objetivo de este articulado era “armonizar y depurar la normativa vigente” con el fin de “establecer los instrumentos” para establecer la política de economía popular y reindustrialización.
No obstante, al analizar el contenido del texto radicado este lunes, el mencionado artículo 205 no aparece. Solo hay mención en 27 oportunidades a superintendencias, ninguna de ellas la de Sociedades o la de Industria y Comercio.
Entre esas, la Superintendencia de Transporte que ahora deberá vigilar a patios de contenedores, agentes marítimos y líneas navieras. O la Superfinanciera, que deberá ponerle la lupa al cumplimiento de la interoperabilidad de los sistemas de pagos.
En su lugar, el nuevo artículo 205 plantea la celebración de contratos de obra pública en infraestructura concesionada. El Invías y la Aerocivil podrán celebrar y ejecutar contratos de obra pública “para realizar obras sobre infraestructura concesionada, sin que sea necesaria la desafectación de la infraestructura a intervenir”.
Esto con el fin de “de garantizar la continuidad de la prestación del servicio en condiciones de seguridad, transitabilidad, funcionalidad y/o seguridad de la infraestructura”, entre otras.
La fusión entre Innpulsa y Colombia Productiva
Un segmento que sí se ratificó en el texto radicado este lunes fue la pretensión de una fusión entre las entidades de Innpulsa y Colombia Productiva, una idea que ronda desde la campaña presidencial.
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Así, el artículo 248 establece unificar el patrimonio de ambas entidades con la finalidad que se encargue de ejecutar las estrategias de reindustrialización del país, así como en materia de emprendimiento, innovación, desarrollo empresarial, productividad, competitividad y encadenamientos productivos.
Esta nueva entidad quedará con la figura de patrimonio autónomo y será administrado por el Ministerio de Comercio u otra entidad que así lo establezca este último.