Asoenergía preocupada por reinicio de exportaciones de energía de Colombia a Ecuador

Actualmente, un punto que más preocupa a Asoenergía es que se han reanudado las exportaciones de energía de Colombia a Ecuador, ¿por qué?

Asoenergía preocupada por reinicio de exportaciones de energía de Colombia a Ecuador
Asoenergía preocupada por reinicio de exportaciones de energía de Colombia a Ecuador. Imagen: @evening_tao
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Uno de los puntos que más preocupa al gremio de grandes consumidores de energía en Colombia (Asoenergía) es que se han reanudado las exportaciones a Ecuador, medida que se había suspendido ante la crisis energética por la que atravesaba el país, pasada la mitad de abril.

Cabe recodar que, el 15 de abril de 2024, el ministro Omar Andrés Camacho aseguró “desde Semana Santa nosotros limitamos la exportación de energía a Ecuador. Pero, en este momento, no estamos exportando energía porque tenemos toda la térmica en su máximo potencial de generación así que todas las medidas se han venido adoptando tanto renovables, térmica”.

Y, en seguida, el Ministerio ordenó a las termoeléctricas que operan en Colombia pasar a la máxima generación termoeléctrica diaria todos los días de la semana, como medida transitoria debido a las condiciones energéticas del verano 2023-2024 durante el Fenómeno de El Niño del mismo período.

Como efecto casi que inmediato por las medidas adoptadas en Colombia, la cartera de energía de Ecuador dio a conocer un plan inicial de racionamiento que tuvo su causa en la incapacidad del sistema interconectado de atender la demanda.

“La extensión de la sequía, el incremento de las temperaturas climáticas, la falta de mantenimiento a toda infraestructura del sistema eléctrico en años anteriores y la presencia de niveles de caudales mínimos históricamente ha provocado que se activen todas las centrales de generación disponibles”, aclaró la entidad ecuatoriana.

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Según las autoridades, el racionamiento de energía en Ecuador se llevó a cabo para poder garantizar que sectores clave del país mantengan su normal funcionamiento.

“Los horarios varían según la empresa distribuidora. Se ha establecido a cada empresa que mientras dure la medida, la suspensión sea siempre en una misma franja horaria, con la finalidad de contribuir en la planificación de los ecuatorianos”, informó en su momento el Ministerio de Ecuador.

Otro punto que preocupa a Asoenergía es que se ha bajado la generación forzada de las plantas de energía térmica, ya que el Gobierno considera que, con el paso de los días y las recientes lluvias, los riesgos van disminuyendo y los embalses se van fortaleciendo.

“La incertidumbre es total, esperamos que las autoridades: la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la de Industria y Comercio estén con un ojo avizor porque, como usuarios, creemos que vamos a tener un impacto por el manejo del agua que se ha dado en el sector eléctrico este año”, manifestó Sandra Fonseca.

De acuerdo con la vocera del gremio, también preocupa el paso de generación de seguridad térmica a las restricciones que aumentaría las tarifas de energía y, sobre todo, los cambios de criterio que “no tienen una explicación técnica y que no responden a las señales económicas y al cumplimiento de la ley.

¿Cuál es el acuerdo de exportaciones de energía de Colombia a Ecuador?

Alejandro Piñeros, experto en regulación y vocero de Óptima Consultores, le explicó a Valora Analitik en qué consiste esta medida de exportaciones de energía a Ecuador por parte de Colombia:

  1. ¿En qué consiste el acuerdo de compra y venta de energía entre Colombia y Ecuador?

Ambos países comparten un mercado de excedentes de energía de corto plazo que fue reglamentado y ha operado desde 2003, que se conoce como el de las transacciones internacionales de electricidad (TIE).

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“Puede resumirse en que los operadores de ambos mercados identifican precios y cantidades de la oferta de energía disponible para ser exportada después de haber satisfecho las necesidades locales; luego, el país que cuyo precio de bolsa sea superior al del otro, actuará como importador y determinará la cantidad a comprar a la nación exportadora y programará su propio despacho teniendo en cuenta ese volumen de energía”, detalló Piñeros.

En palabras sencillas, el país con la energía más económica la exportará al otro.

“Así las cosas, la interconexión permite a los dos países aprovechar eficientemente los recursos que en uno de los dos pueden considerarse como “excedentes”, ante una situación de escasez tanto para Colombia como para Ecuador, tal como la que se presenta actualmente”, manifestó el experto.

  • ¿Qué compromisos se deben honrar en ese acuerdo? y ¿cuándo hay sanciones?

En las Decisiones CAN, que reglamentan estas transacciones internacionales, se pactaron algunos compromisos de carácter general que deben ser honrados por los países.

Uno de ellos, establecido en la Decisión CAN 757, fija que “las TIE de corto plazo únicamente estarán limitadas por la capacidad de los enlaces internacionales”.

Sin embargo, la misma Decisión añade que “en condiciones de racionamiento interno los países no estarán obligados a exportar energía a otro sistema” y que “las condiciones de racionamiento deberán ser objetivamente establecidas en las respectivas regulaciones”.

Estas decisiones CAN no prevén explícitamente sanciones en caso de incumplimientos de mecanismos como estos, aunque en el marco normativo de la Comunidad Andina de Naciones pueden existir mecanismos de seguimiento, solución de controversias y eventuales sanciones.

  • Cuando Ecuador se declara en sequía, ¿puede depender más de Colombia?

Sin duda. Ecuador enfrenta una sequía seguramente comparable a la que dado el Fenómeno de El Niño empezamos a experimentar en Colombia (en 2023), de modo que a ambos países les sería de suma utilidad contar con el salvavidas que implica importar energía del otro sistema.

No obstante, teniendo en cuenta el marco general que rige estas transacciones, es claro que los países deben satisfacer primero sus necesidades internas y, reitero, que las situaciones de “racionamiento interno” son una excepción en la que no existirá obligación de exportar.

Si bien en Colombia no se ha activado el estatuto de racionamiento, es claro que, cuando existe un riesgo importante de que lo haga, se puede considerar una limitación legítima con las exportaciones.

Es necesario tener presente que, en momentos de escasez, interconexiones e integraciones internacionales como éstas cobran especial relevancia, por lo que adherirse a los compromisos pactados debería ser otra de las prioridades de los gobiernos y los operadores de mercado.

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