Así funcionarán los contratos estatales para la reconstrucción del país tras el terremoto del 10 de agosto: Gobierno expide decreto

Así funcionarán los contratos estatales para la reconstrucción del país tras el terremoto del 10 de agosto: Gobierno expide decreto

La declaratoria de desastre incluyó a Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, entre otros departamentos.

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El Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella sigue implementando medidas para atender la emergencia causada por el terremoto del 10 de agosto de 2026. Esta vez, a través del Decreto Legislativo 1420, se adoptaron medidas para modificar los contratos estatales que estén dirigidos a la atención de las consecuencias causadas por el desastre.

En el documento se mencionó que la Agencia Nacional de Contratación PúblicaColombia Compra Eficiente podrá realizar contrataciones directas. También configurará los catálogos de emergencia con la finalidad de atender los problemas causados por el desastre natural, ya sea con proveedores existentes o nuevos.

Presidente Abelardo De la Espriella. Imagen: @delaespriella_style
Presidente Abelardo De la Espriella. Imagen: @delaespriella_style

Los procesos permanecerán abiertos a vinculación durante toda la vigencia del Decreto 1171 de agosto de 2026, es decir, por un año. En el decreto anteriormente mencionado se declaró la situación de desastre para Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo y Norte de Santander.

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Pero en el articulado del 17 de septiembre se señaló que, una vez se concluya la situación de desastre, la Agencia Nacional de Contratación Pública podrá terminar de manera unilateral los contratos o catálogos. Pero esto sería sin perjuicio de quienes hayan adquirido órdenes de compra con anterioridad.

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A la vez, otro de los puntos en el articulado hizo mención de que, en el mismo periodo de un año, cuando haya que adquirir bienes que se relacionen con la emergencia, las entidades estatales van a poder adquirirlos a través de un “instrumento de agregación de demanda de grandes superficies”. El valor de la transacción tendría el techo máximo de la menor cuantía asignada a la respectiva entidad estatal.

Consulte el decreto completo en este enlace.