
La Plenaria de la Cámara de Representantes ya aprobó gravar con el 10 % los dividendos que reciban extranjeros
La mayoría de la Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó los artículos 48 y 49 de la reforma tributaria por medio de la cual se gravan con el 10 % a los dividendos que reciban los extranjeros. “Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidos por sociedades y entidades extranjeras y por personas naturales no residentes. La tarifa del impuesto sobre la renta correspondiente a dividendos o participaciones, percibidos por sociedades u otras entidades extranjeras sin domicilio principal en el país, por personas naturales sin residencia en Colombia y por sucesiones ilíquidas de causantes que no eran residentes en Colombia será del 10%”, dice el artículo 78. “Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por establecimientos permanentes de sociedades extranjeras. La tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a los dividendos y participaciones que se paguen o abonen en cuenta a establecimientos permanentes en Colombia de sociedades extranjeras será del 10%, cuando provengan de utilidades que hayan sido distribuidas








