La mayoría de la Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó los artículos 48 y 49 de la reforma tributaria por medio de la cual se gravan con el 10 % a los dividendos que reciban los extranjeros.
“Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidos por sociedades y entidades extranjeras y por personas naturales no residentes. La tarifa del impuesto sobre la renta correspondiente a dividendos o participaciones, percibidos por sociedades u otras entidades extranjeras sin domicilio principal en el país, por personas naturales sin residencia en Colombia y por sucesiones ilíquidas de causantes que no eran residentes en Colombia será del 10%”, dice el artículo 78.
“Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por establecimientos permanentes de sociedades extranjeras. La tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a los dividendos y participaciones que se paguen o abonen en cuenta a establecimientos permanentes en Colombia de sociedades extranjeras será del 10%, cuando provengan de utilidades que hayan sido distribuidas a título de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional”, dice el artículo 79 de la reforma.
La Plenaria de la Cámara ya aprobó 79 de los 152 artículos que trae consigo la reforma tributaria.
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