En el sistema vigente, los fondos voluntarios de pensión en Colombia cumplen un papel muy importante, pues complementan la mesada que reciben los trabajadores mediante los mecanismos obligatorios del régimen pensional.
Con la entrada en vigor de la reforma pensional el próximo año, los mecanismos de ahorro voluntario seguirán desempeñando un papel importante.

Según la norma, los fondos voluntarios de pensión en Colombia mantendrán las mismas condiciones: continuarán siendo un mecanismo de ahorro que se entrega al trabajador para complementar su mesada. Los recursos podrán retirarse en cualquier momento, aunque el titular deberá asumir el pago de los impuestos correspondientes.
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La nueva norma establece que el pilar contributivo de la reforma se concentra exclusivamente en los aportes obligatorios a Colpensiones —hasta 2,3 salarios mínimos— y a las AFP, dentro del componente complementario de ahorro individual.
Los beneficios tributarios de los fondos voluntarios de pensión en Colombia
Una de las razones que sustentan este esquema es que el ahorro voluntario adquiere mayor relevancia para las personas con ingresos medios y altos que buscan mantener su nivel de ingresos después de retirarse de la vida laboral.
Otro punto fundamental es que los fondos voluntarios de pensión en Colombia conservarán las exenciones tributarias aplicables a los aportes voluntarios, previstas en el artículo 126-1 del Estatuto Tributario.

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Lo anterior se fundamenta en que los aportes voluntarios conservan su carácter de renta exenta dentro de los límites anuales vigentes establecidos por la normativa fiscal que administra la DIAN: hasta el 30 % del ingreso laboral o tributario del año.



