El gobierno de Abelardo de la Espriella promulgó 11 decretos con la finalidad de atender la emergencia en los territorios afectados por el terremoto. Uno de ellos es el 1382 de 2026, en el cual entre octubre de ese año y el 31 de diciembre de 2027 habrá una redistribución de la sobretasa del ACPM o diésel en Colombia.
Consulte el decreto 1382 de 2026.
La iniciativa se trata de lo siguiente: 100 % de la sobretasa en el consumo de ACPM o diésel en los departamentos afectados por el desastre se va a destinar para financiar de forma exclusiva los gastos o los proyectos en municipios afectados por el terremoto.

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Estos departamentos son Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre. De otro lado, 50 % de la sobretasa al ACPM en Bogotá y departamentos de categorías especiales, primera y segunda, que no están cobijados por la emergencia económica tendrán que destinar esa cifra a los departamentos afectados.
Según lo manifestó el gobierno, esta distribución tendrá que atender a la población afectada, costos de rehabilitación y proyectos de inversión pública para los afectados.
En el decreto también se autorizaron vigencias futuras especiales en 2027 con la finalidad de financiar proyectos de inversión pública que atiendan la emergencia. Para este tipo de autorizaciones no serán necesarios mínimos de apropiación presupuestal, la ejecución comenzaría en 2027 o 2028, debe haber autorización previa del Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) y conceptos previos favorables del Departamento Nacional de Planeación (DNP) en caso de que la iniciativa conlleve inversiones a nivel nacional.
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