Así puede retirar las cesantías por disminución de ingresos en la AFP Protección

- Publicidad - El fondo de pensiones y cesantías Protección anunció hoy que ha dispuesto dos mecanismos digitales para que las personas puedan realizar el retiro de cesantías por disminución de ingresos, sin salir de casa, debido a la contingencia que vive Colombia por el Covid-19. En este sentido, a partir de la fecha, Protección […]

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El fondo de pensiones y cesantías Protección anunció hoy que ha dispuesto dos mecanismos digitales para que las personas puedan realizar el retiro de cesantías por disminución de ingresos, sin salir de casa, debido a la contingencia que vive Colombia por el Covid-19.

En este sentido, a partir de la fecha, Protección ha habilitado todos los canales digitales para facilitar los retiros parciales de cesantías de aquellos clientes que tienen una afectación temporal en sus ingresos, sin que haya cesado la relación laboral con su empleador.

Para facilitar el retiro parcial y para que las personas no tengan que desplazarse a una oficina de servicios, y puedan acatar las recomendaciones del Gobierno de quedarse en casa se han dispuestos estas opciones:

• El empleador podrá solicitar en nombre del afiliado y gestionar directamente el retiro desde proteccion.com con clave empresarial, ingresando a la sección Retiro de Cesantías en la zona transaccional de la pestaña empleadores. Allí podrá completar la información de cada empleado o realizar un cargue masivo mediante plantilla en Excel, ingresando la cuenta financiera propia del afiliado para retirar sus cesantías, Protección consignará el dinero a cada cuenta registrada. Si el empleado no tiene una cuenta financiera registrada, podrá reclamar sus recursos por ventanilla en Davivienda o Bancolombia, o en uno de los corresponsales bancarios con los que se tiene convenio. Si la empresa aún no tiene su clave, podrá solicitarla de manera simple en proteccion.com ingresando en la sección empresas en la opción Generar Clave Empresarial. Así mismo, lo podrá hacer a través de la Línea de Servicio 01 8000 52 8000 o con el apoyo del ejecutivo que atiende su empresa.

• El afiliado podrá gestionar el retiro parcial de cesantías desde proteccion.com o la App Protección a través del servicio Cesantías Online. Para ello no requiere clave y solo deberá ubicarse en el sitio web www.proteccion.com en la sección Cesantías, buscar la opción de Retiro de Cesantías y luego hacer clic en el botón Cesantías On Line para trabajadores dependientes. Allí el sistema le solicitará adjuntar la certificación de disminución de ingresos que previamente le haya entregado su empresa, cuyo modelo se encuentra en la página web de Protección, y luego de unas validaciones, si el afiliado tiene inscrita previamente la cuenta financiera, podrá solicitar el pago a través de transferencia electrónica. Si el cliente no tiene cuenta inscrita, la solicitud queda grabada en el sistema y podrá reclamar un día hábil después sus recursos por ventanilla, en Davivienda o Bancolombia, o en uno de los corresponsales bancarios.

Como medida excepcional, teniendo en cuenta que la principal recomendación del Gobierno en este momento es no salir de casa y evitar el contacto social para el cuidado de la salud pública, se ha dispuesto la opción de usar los corresponsales bancarios de Paga Fácil, Reval o MultiPagas, habilitados en cada ciudad para el retiro parcial de las cesantías por disminución de ingresos. Para esto el cliente deberá presentar allí su documento de identidad y la certificación de disminución de ingresos generada previamente por la empresa.

Igualmente, como una medida tangible de solidaridad con los trabajadores en medio de esta contingencia económica, Protección ha decidido que la transacción de retiro de cesantías parcial por disminución de ingresos no tendrá ningún costo.

“Sabemos que en esta coyuntura muchas personas requieren de un ingreso que sustituya su ingreso habitual. Sin embargo, si este no es el caso, queremos que las personas recuerden que las cesantías son el mejor seguro de desempleo, y si no las necesitan en este momento, la mejor decisión es guardarlas para cuando realmente lo requieran”, puntualizó Juan David Correa, presidente de Protección.

Según el decreto 488 de 2020, la opción de retiro estará vigente durante el tiempo que permanezcan los hechos que dieron lugar a la emergencia económica, social y ecológica que vive el país y estará limitado al saldo disponible en la cuenta de ahorro de cesantías.

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