Los contratos fijos en Colombia podrían cambiar sustancialmente en caso de que el Senado de la República apruebe definitivamente la reforma laboral que ya avaló la Comisión IV del Senado.
Varias condicionales impone esta nueva reforma entendiendo que, lo que se va a priorizar, es que los trabajadores del país puedan tener una vinculación mediante contrato a término indefinido, lo que implica el reconocimiento de otros beneficios salariales.
Además de solo poder ser renovado por cinco años, los contratos fijos en Colombia tendrán una serie de obligaciones cuando se deba hacer su renovación, tanto pactada como automática.
Justamente la prórroga renovada deberá hacerse con 30 días de antelación al vencimiento del plazo pactado o su renovación, ninguna de las partes manifiesta su intención de terminar el contrato, este se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado o al de su prórroga.
¿Qué más cambios vienen para los contratos fijos en Colombia?
“Según sea el caso, sin que pueda superarse el límite máximo de cinco (5) años previsto en este artículo”, agrega lo aprobado en tercer debate por el Senado.
De otro lado, dice la reforma, esta misma regla aplicará a los contratos fijos en Colombia celebrados por un término inferior a un año, pero en este caso la cuarta prórroga automática será por un periodo de un año.
“Cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un (1) año, las partes, mediante acuerdo escrito, podrán prorrogarlo el número de veces que estimen conveniente”, se lee en el documento.
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Finalmente, aclara la iniciativa, después de la cuarta prórroga, el contrato no podrá renovarse por un periodo inferior a un año. “En ningún caso podrá superarse el término máximo de cinco años previsto en este artículo”.