DIAN alista cambio clave en pago de impuestos: así afectará a empresas y ciudadanos en Colombia 

La DIAN prepara ajustes en la forma de pagar impuestos en Colombia. Un cambio en el formulario oficial podría impactar a empresas y contribuyentes.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) prepara un ajuste operativo en el sistema de pago de obligaciones tributarias que utilizan empresas y ciudadanos en Colombia.  

A través de un proyecto de resolución, la entidad busca modificar el instructivo del Recibo Oficial de Pago de Impuestos Nacionales – Formulario 490, uno de los instrumentos clave mediante el cual se realizan pagos al Tesoro Nacional por diferentes conceptos tributarios. 

El cambio no implica la creación de un nuevo formulario, pero sí introduce modificaciones relevantes en los conceptos que pueden registrarse dentro de este documento, con el objetivo de mejorar la identificación, control y recaudo de varias obligaciones tributarias y sanciones administradas por la autoridad fiscal.  

Según el proyecto normativo, que estará abierto a comentarios hasta el 24 de marzo, el ajuste responde a la necesidad de adaptar el sistema de recaudo a nuevas obligaciones tributarias y a disposiciones legales recientes que afectan tanto a empresas como a otros contribuyentes. 

Qué cambia en el pago de impuestos en Colombia 

La modificación planteada por la DIAN consiste en actualizar el instructivo del Formulario 490, documento utilizado por contribuyentes para realizar pagos de impuestos nacionales, sanciones e intereses asociados a obligaciones tributarias. 

nuevos impuestos de Petro

En el proyecto se establece que el instructivo se modificará para incorporar nuevos códigos de concepto, los cuales permitirán identificar con mayor precisión determinadas obligaciones tributarias y sanciones. 

La resolución señala expresamente que se adicionarán tres conceptos nuevos dentro del formulario: 

  • Código 75: “Sanción reporte intercambio internacional de información”. 
  • Código 81: “Contribución Fondo Nacional de Parque Automotor de Carga”. 
  • Código 82: “Impuesto al patrimonio personas jurídicas”.  

Estos códigos permitirán que los pagos relacionados con estas obligaciones se registren de manera diferenciada dentro del sistema de recaudo de la DIAN. 

El proyecto de resolución indica que el objetivo es “contar con un documento único que permita la correcta identificación, liquidación y pago de estos conceptos, facilitando el cumplimiento oportuno de las obligaciones a cargo de los contribuyentes”.  

La modificación está relacionada con ajustes recientes en la normativa tributaria colombiana. En particular, el documento explica que el Decreto Legislativo 0173 del 24 de febrero de 2026, relacionado con la emergencia económica, introdujo cambios en el impuesto al patrimonio con el fin de financiar gastos derivados de la emergencia económica declarada por el Gobierno. 

Ese decreto incluyó como sujetos pasivos del impuesto al patrimonio a personas jurídicas y sociedades de hecho contribuyentes del impuesto sobre la renta, lo que obligó a la DIAN a establecer mecanismos operativos para la declaración y pago de esta obligación.  

El documento señala que el Decreto 0173 dispuso que la DIAN debía definir el formulario correspondiente para la declaración y pago de este tributo, lo que hace necesario incluir el concepto específico dentro del Formulario 490 para permitir su recaudo adecuado. 

Nuevos conceptos que impactarán a empresas 

Uno de los cambios más relevantes afecta directamente a las empresas que estarán sujetas al impuesto al patrimonio, ahora identificado en el formulario con el código 82

De acuerdo con la memoria justificativa del proyecto, el objetivo es que las compañías puedan cumplir correctamente con el pago de este tributo dentro del sistema actual de recaudo. 

El documento señala que la modificación permitirá “que las personas jurídicas contribuyentes del impuesto al patrimonio puedan cumplir adecuadamente con el pago del tributo acorde con lo señalado en el Decreto Legislativo 0173 de 2026”.  

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Adicionalmente, se incorpora el código 81 para registrar la Contribución al Fondo Nacional de Parque Automotor de Carga, la cual tendrá una periodicidad de pago mensual. 

Este ajuste está relacionado con el artículo 24 del Decreto 1017 de 2025, que asignó a la DIAN la facultad de reglamentar el procedimiento para el recaudo y la transferencia de recursos asociados a esta contribución.  

En la práctica, el cambio permitirá que los recursos destinados a este fondo se identifiquen de forma separada dentro del sistema de pagos tributarios. 

Nuevas sanciones también se registrarán en el formulario de la DIAN

El proyecto también incorpora un nuevo concepto relacionado con sanciones tributarias. 

Se trata del código 75, que corresponde a la sanción por incumplimiento en el reporte de información para el intercambio automático internacional

Esta obligación se deriva del artículo 631-4 del Estatuto Tributario, norma que regula los compromisos del país en materia de intercambio automático de información fiscal con otros Estados. 

El documento explica que el incumplimiento de estas obligaciones genera sanciones contempladas en el artículo 651 del Estatuto Tributario, lo que hace necesario contar con un mecanismo específico para registrar el pago de dichas sanciones. 

Según el proyecto, la inclusión de este código permitirá “identificar e informar de manera diferenciada a la DIAN el pago de las sanciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones de suministro de información”.  

Qué implica este ajuste para contribuyentes y empresas 

El Formulario 490 es uno de los instrumentos más utilizados dentro del sistema tributario colombiano. A través de este documento se canaliza el pago de múltiples obligaciones administradas por la DIAN, incluyendo impuestos, sanciones e intereses. 

La entidad explica que este formulario funciona como el mecanismo operativo mediante el cual se reciben pagos a favor del Tesoro Nacional. 

DIAN

De hecho, la normativa vigente establece que el Formulario 490 es el instrumento oficial para la recepción de pagos por obligaciones tributarias administradas por la DIAN, lo que explica por qué cualquier modificación en su instructivo puede tener efectos prácticos para empresas y contribuyentes. 

Con la actualización propuesta, la administración tributaria busca mejorar la trazabilidad y el control de los recursos que recauda, permitiendo identificar de manera clara el origen de cada pago dentro del sistema. 

El proyecto de resolución se encuentra actualmente en etapa de publicación para comentarios ciudadanos, como parte del proceso de transparencia normativa que exige la legislación colombiana. 

El documento señala que la iniciativa fue publicada por un período de 10 días calendario en la página web de la DIAN, con el fin de recibir observaciones antes de su adopción definitiva.  

Una vez finalice este proceso y se revisen los comentarios recibidos, la entidad podría proceder con la expedición formal de la resolución. 

De concretarse, el cambio entraría a regir desde la publicación oficial de la norma y marcaría un nuevo ajuste operativo en el sistema de pagos tributarios del país, especialmente para empresas sujetas al impuesto al patrimonio y para contribuyentes que deban reportar obligaciones específicas dentro del Formulario 490. 

Lea completo el proyecto de resolución de la DIAN haciendo clic en este enlace.