Aerocivil busca que integración Avianca-Viva esté condicionada a contratos con Satena

Este 21 de marzo, la Aeronáutica Civil de Colombia dio vía libre a la integración Avianca - Viva en Colombia, aunque con condiciones.

Aviones de Avianca y Viva Air
El proceso de integración de Avianca y Viva incluiría puntos sobre Satena. Foto: Valora Analitik

Este 21 de marzo, la Aeronáutica Civil (Aerocivil) de Colombia dio vía libre a la integración de Avianca y Viva en Colombia, aunque condicionándola a siete puntos específicos.

Así se describe en la Resolución 00518 de 21 de marzo de 2023, publicada conjuntamente por la Aerocivil y el Ministerio de Transporte, que contiene 194 páginas.

Uno de los puntos tiene que ver con la aerolínea estatal Satena, la cual fue contemplada dentro de las solicitudes que se hicieron para la unión de las empresas.

La aerolínea estatal de Colombia Satena tendría un contrato de código compartido con Viva y Avianca
La aerolínea estatal de Colombia Satena tendría un contrato de código compartido con Viva y . Foto: Senado

De acuerdo con la Aerocivil, las empresas intervinientes (Viva y Avianca) se obligan a suscribir contratos interlínea o de código compartido con Satena, que tendría una vigencia de tres años a partir de que se haga efectiva la firma, y el cual se renovaría anualmente.

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“Bajo la figura de contrato interlínea virtual o tradicional, las empresas intervinientes permitirán a la aerolínea estatal la comercialización, ya sea en su propia boletería o con boletos separados, de vuelos operados por las empresas intervinientes en conexión con la propia red de vuelos de Satena”, dice la autoridad aeronáutica.

Satena sería entonces remunerada con los valores que acuerden periódicamente las partes por la comercialización en sus canales de venta.

Dicho en otras palabras, Satena pondrá su código designador en aquellas rutas operadas por Viva y Avianca bajo el contrato de código compartido, de manera que Satena comercializará inventarios de sillas en dichos vuelos.

Condiciones del contrato

El contrato interlínea o de código compartido que se contempla en la integración Avianca – Viva con Satena, advierte que las empresas intervinientes no podrán exigir a Satena la inclusión de la clausula de exclusividad.

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En el código compartido entran la totalidad de rutas operadas por Viva y Avianca, que puedan ser de interés para Satena para complementar su red de rutas.

No obstante, la Aerocivil detalló en la Resolución que se excluyen aquellas rutas respecto de las cuales las compañías intervinientes o cualquier empresa que dependa de sus controlantes tenga exclusividad con otra aerolínea en virtud de cualquier acuerdo contractual previo.

Para llevar a cabo el acuerdo, Satena deberá obtener la certificación IOSA (IATA Operational Safety Audit) y los costos de esta certificación, como detalla el documento, deberán ser asumidos por Viva y Avianca.

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Asimismo, en la resolución de la Aerocivil y el Ministerio de Transporte se puntualiza que los costos tecnológicos requeridos para adaptarse a la comercialización a través del contrato interlínea, como el MarketingCodeshare y el IET (Interline E-Ticket), entre otros, también deberán asumirlos las empresas interesadas en integrarse.

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