Obras por Impuestos se abre a zonas del terremoto: Gobierno crea modalidad especial para la reconstrucción

Obras por Impuestos se abre a las zonas del terremoto: Gobierno crea modalidad especial para la reconstrucción

La medida busca movilizar capacidad de ejecución privada sin crear una estructura administrativa paralela.

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El Gobierno De la Espriella habilitó el esquema de Obras por Impuestos para financiar la reconstrucción de los territorios golpeados por el terremoto del 10 de agosto de 2026. Mediante el Decreto Legislativo 1389 del 9 de septiembre de 2026 (que puede descargarse haciendo clic aquí), expedido por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y firmado por el presidente y todo el gabinete, se crea de forma temporal la modalidad especial de Obras por Impuestos para la Reconstrucción, que le permite al sector privado pagar impuesto de renta ejecutando obras en los municipios afectados por el sismo.

La medida se dicta en desarrollo del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348, y busca movilizar capacidad de ejecución privada sin crear una estructura administrativa paralela.

El cambio de fondo en Obras por Impuestos: se rompe el candado territorial

El mecanismo previsto en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y en el artículo 800-1 del Estatuto Tributario solo opera en municipios Zomac y PDET. Ese límite dejaba por fuera a buena parte de los territorios afectados, y el Gobierno concluyó que la potestad reglamentaria ordinaria no bastaba para levantarlo: hacía falta una norma con fuerza de ley.

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Con el nuevo decreto, la elegibilidad territorial opera con independencia de que el municipio sea Zomac o PDET. Aplica a todos los municipios y distritos del ámbito del Decreto 1261 y a los que se incorporen después, siempre que la afectación se acredite ante el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. La afectación debe probarse respecto del territorio, la infraestructura, el bien o los beneficiarios del proyecto: no se exige que el contribuyente que se vincula haya sido damnificado.

Gobierno de Abelardo de la Espriella gabinete ministros
El gobierno De La Espriella firmó 11 nuevos decretos de emergencia para enfrentar la crisis que dejó el terremoto del 10 de agosto. Foto: Presidencia

Los proyectos podrán ejecutarse en diez líneas: vivienda de interés social y prioritario; educación pública; salud pública; agua potable y saneamiento básico; energía y servicios públicos asociados a la recuperación; infraestructura vial, puentes, aeropuertos, transporte y conectividad; TIC e infraestructura para restablecer servicios esenciales; bienes públicos rurales e infraestructura productiva; infraestructura deportiva; y gestión del riesgo de desastres.

Hay un límite establecido en el decreto: ningún contribuyente podrá usar el mecanismo para reconstruir activos de su propiedad o destinados predominantemente a su beneficio particular. Los proyectos deben ser inversión pública o restablecer bienes y servicios de interés público afectados por el sismo.

Para operarlo se crea el Banco de Proyectos de Obras por Impuestos para la Reconstrucción, administrado por la Agencia de Renovación del Territorio (ART) y articulado con la Plataforma Integrada de Inversión Pública.

Tendrá calendario propio, por fuera de los cortes ordinarios del mecanismo, y las entidades competentes deberán emitir los conceptos de viabilidad en 15 días hábiles tras la radicación completa del proyecto. La ART y el DNP tienen un mes para expedir el Manual Operativo, con criterios de priorización que el DNP definirá con apoyo de la UNGRD.

Cupo Confis: sin plata adicional, pero con reglas nuevas

El decreto es explícito en que la medida no amplía el gasto tributario. El Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) seguirá fijando el cupo máximo anual del mecanismo, consistente con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, y distribuirá ese monto entre la modalidad ordinaria y la de reconstrucción, con posibilidad de mover recursos entre ambas durante la vigencia. Un parágrafo transitorio permite que el remanente no utilizado del cupo ordinario de 2026 se reasigne a reconstrucción.

El contexto dimensiona la apuesta: el cupo Confis de Obras por Impuestos para 2026 quedó en $1,14 billones y el mecanismo acumula cerca de $4,9 billones y más de 600 proyectos desde 2018. La reconstrucción tendrá que caber, por ahora, dentro de esa bolsa.

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La reconstrucción avanza con varios frentes de trabajo en Chocó, Pereira, Manizales, Cali, entre otras. Foto: Gobernación del Chocó

Hay un piso de equidad territorial: mínimo el 35 % del cupo de la modalidad especial debe ir a municipios de categorías quinta y sexta, donde reside el 35 % de la población afectada; si no hay proyectos o contribuyentes suficientes, el saldo se reasigna a otros municipios elegibles. También se prohíbe la doble financiación: los proyectos no podrán recibir recursos de la Subcuenta Sismo 2026 del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo, del Sistema General de Regalías, del Presupuesto General ni de presupuestos territoriales.

Ventanas extraordinarias y anticipos con cargo a renta

Para las empresas, el punto clave está en el artículo 7. Se abren ventanas extraordinarias de vinculación, incluso después de vencido el plazo legal de los tres primeros meses del año siguiente al período gravable. Y en la opción fiducia se habilitan aportes anticipados con cargo al impuesto de renta del año gravable en curso, hasta el 50 % del impuesto a cargo del año anterior; al declarar, la imputación tampoco podrá exceder el 50 % del impuesto a cargo, y el excedente pasa al período siguiente.

La obligación tributaria se extingue cuando la entidad nacional competente certifica la entrega y recibo a satisfacción de la obra o de una unidad funcional, con soporte en la interventoría. La DIAN solo hace los registros: no verifica lo técnico ni lo contractual. La interventoría, cuando se exija, se pagará desde un patrimonio autónomo constituido por el contribuyente.

Un último detalle importante es que este y los demás decretos rigen desde su publicación y pasarán al control automático de la Corte Constitucional.