En medio de los debates de la reforma pensional en el Senado de la República, siguen diversas dudas sobre qué pasará con sus ahorros y cómo serán distribuidos y administrados.
Pero, mientras se siguen haciendo reparos a dicho documento del gobierno Petro le explicaremos en qué casos se requiere de un abogado para acceder al derecho a la pensión en Colombia de acuerdo con sus ahorros.
Actualmente los colombianos eligen dónde destinar su dinero mensualmente tanto para salud y pensión, en este último caso pueden optar por un fondo privado como Skandia, Porvenir, Colfondos y Protección o el único público, Colpensiones.
Si tiene un contrato directo con su empresa, mes a mes se le descuenta de su sueldo lo correspondiente a seguridad social, por lo que el ahorro a pensión es del 16 % de su salario, donde el 12 % es asumido por su empleador y el 4 % por usted.
En caso de que en mayo cumpla con la edad para pensionarse (62 años para hombres y 57 para mujeres) o de que haya alcanzado un ahorro suficiente en un fondo privado, deberá asegurarse de que el monto que recibirá mensualmente es acorde a lo que usted cotizó en los últimos 10 años.
Eso sí, el valor de la mesada pensional variará según el tipo de pensión a la que se pretenda acceder, la base de liquidación y el número de semanas cotizadas.
Por ejemplo, si su salario era de $3.5 millones y al momento de pensionarse su fondo le comunica que recibirá $700.000 por mes correspondientes a jubilación o pensión, y no está de acuerdo, puede presentar por escrito una reclamación en la que establezca claramente el por qué considera que el monto entregado es erróneo, apóyese en documentos y pruebas que estime pertinentes para demostrar su inconformidad.
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Dicha reclamación debe hacerse en los 10 días hábiles posteriores a la notificación de su fondo y en esas pruebas puede incluir extractos de ahorro, su historia laboral y certificaciones de su salario.
¿Cuándo sería necesario un abogado para velar por su pensión?
De acuerdo con el Ministerio de Justicia de Colombia, en caso de que la solicitud ante el Fondo de Pensiones Privado o Colpensiones sea contestada negativamente y se sigan presentando inconformidades con el monto entregado por la entidad, podrá acudir a un juez mediante una demanda y para ello requiere el abogado.
Así, de manera definitiva, se dará fin al conflicto decidiendo si usted tiene derecho al reconocimiento del monto de la pensión que solicita. Estos jueces son:
- Juez laboral
- En caso de que en su municipio no haya Juez Laboral, la demanda deberá presentarse ante el Juez Civil del Circuito
- Si el valor de lo que reclama no supera los 20 salarios mínimos, la demanda se puede presentar ante el Juez de pequeñas causas
Cabe destacar que en la Defensoría de Pueblo le otorgan un abogado gratuitamente para su caso.