La Ley 2101 de 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo que establece la duración máxima de la jornada laboral.
El ajuste consiste en disminuir de 48 horas laborales a 42 en la semana, de forma gradual, sin disminución en el salario devengado o en los beneficios de los trabajadores, es decir, los trabajadores no podrán ver su salario disminuido por cuenta de la aplicación de esta ley.
En ese sentido, la disminución gradual implicó que para el 15 de julio de 2023 la jornada se redujera a 47 horas semanales, pensando en el bienestar de los empleados y su tiempo libre.
Se espera que, a 2026, la jornada que deben cumplir los trabajadores en el país sea de 42 horas a la semana y se parezca más al promedio de lo que son los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
El compromiso del país estaba en reducir la jornada laboral en Colombia atendiendo también algunos de los acuerdos y convencidos que se firmaron con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
De esta manera, la jornada laboral podrá distribuirse entre cinco y seis días a la semana, lo anterior, cuando medie acuerdo entre el trabajador y el empleador.
¿Cuánto debe reducir la jornada laboral para 2024?
Para el 15 de julio de 2024, la jornada laboral de los colombianos debe ser de 46 horas.
De ese modo, para el 15 de julio de 2025 reducirá a 44 horas y, finalmente, para 2026, pasará a ser de 42 horas.
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Ojo, si su empresa o empleador decide durante 2024 reducir la jornada a 42 horas semanales está en toda la libertad de hacerlo y no esperar a que se haga con el paso de los años.
La norma destaca que “el empleador no podrá sin con el consentimiento del trabajador, contratarlo para la ejecución de dos turnos en el mismo día, salvo en labores de supervisión, dirección, confianza o manejo”.
Por lo que, si usted labora en el sector salud, de bares, gastronomía, logística y entretenimiento debe asegurarse de no cumplir más de las 47 horas a cierre de 2023 y para 2024 concretar las 46 con su empresa.
Por otro lado, es importante que tenga presente el derecho a la desconexión laboral, la cual se logró con la sentencia C-331 de 2023 tras resolver una demanda de inconstitucionalidad presentada en contra del literal a del artículo 6 de la Ley 2191 de 2022.
“Los trabajadores y servidores públicos que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo, tienen derecho a la desconexión laboral, la cual no estará atada al límite de la jornada laboral, pero sin que implique afectar el contenido mínimo del derecho fundamental al descanso.
Para el efecto deberán atenderse criterios de necesidad y proporcionalidad, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones y las condiciones propias de su vinculación laboral, atendiendo lo definido en la presente decisión”, se aprecia en la sentencia.