Corte Constitucional prohibió a la SIC y SuperSociedades recaudar pruebas que requieran órdenes judiciales

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La Corte Constitucional les prohibió a las superintendencias de Industria y Comercio, y de Sociedades que recauden pruebas que requieran órdenes judiciales.

La decisión se toma al resolver varias demandas contra acciones de estas superintendencias que actuaban como policía judicial.

Al explicar la decisión tomada de manera unánime por la corte en sala plena del miércoles la Presidenta de ese tribunal Gloria Ortiz explicó que “Estas superintendencias pueden practicar pruebas pero no comprende esas prácticas de pruebas ni las interceptaciones, ni los registros, ni las actividades probatorias que requieran reserva judicial”. Según la magistrada Ortiz el registro de una empresa privada requerirá orden de un juez.

La decisión ampara los derechos de empresas a las que la SIC allanó, cuando actuaba como Superintendente de Industria Pablo Felipe Robledo y de las que extrajo información que luego apareció publicada en medios de comunicación lo que vulneró el debido proceso y la reserva del sumario.

Este trascendental fallo le garantiza a las empresas privadas de Colombia que los funcionarios de estas entidades no puedan extralimitarse en sus funciones y deban recurrir a un juez para realizar acciones que solo están autorizadas a los jueces según la Constitución política.

 

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