El dinero será usado por la compañía para el cumplimiento de sus obligaciones financieras y poder cerrar de manera anticipada la venta del bloque LLA-23.
Los términos clave del Préstamo Puente se resumen a continuación.
- El Préstamo Puente es por un monto de US$ 500.000 y ha sido proporcionado por Colombia Energy Development Co. (“Cedco”), una afiliada de COG Energy Ltd., que es la compradora del Bloque LLA-23;
- El préstamo puente proporciona a la compañía fondos adicionales para cumplir con sus obligaciones financieras a corto plazo y requisitos de capital de trabajo;
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- El Préstamo Puente tiene una tasa de interés anual del 6,0 %, con intereses pagaderos mensualmente;
- El Préstamo Puente tiene una tarifa de arreglo única del 5,0 % del monto bruto, deducible del producto de la venta que se recibirá de conformidad con la Transacción;
- El préstamo puente no tiene garantías sobre acciones, participación en la producción o cualquier otra característica de «mejora de rendimiento»;
- El Préstamo Puente será reembolsable a la fecha más temprana de: (i) el cierre de la Transacción, o (ii) la recepción por parte de Carrao o por Samaria Llanos Exploration (“Samaria”), una subsidiaria indirecta de Arrow, de cierto Valor Agregado Reembolsos de impuestos (“IVA”) en Colombia, o (iii) cuando el cierre de la Transacción se retrase después del 31 de diciembre de 2020 o no se produzca, o cuando la Transacción finalice, ya sea en efectivo o mediante la entrega de un valor equivalente de crudo producido en el Bloque LLA-23 y el Bloque Tapir; y
- El préstamo puente es una obligación garantizada senior de Carrao y Samaria, pero está subordinado al pagaré en poder de Canacol Energy Ltd.
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El Préstamo Puente fue aprobado por unanimidad por el Directorio de la Compañía.
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