Vence plazo para declarar ICA en Bogotá del tercer bimestre 2021

Por concepto de este impuesto, la ciudad ha recaudado a la fecha 2,48 billones de pesos, un dato que es un 11 % más que el año pasado.

Síguenos en nuestro canal de noticias de WhatsApp

Por concepto de este impuesto, la ciudad ha recaudado a la fecha 2,48 billones de pesos, un dato que es un 11 % más que lo reportado el año pasado.

A partir de este 6 de septiembre y hasta el próximo viernes 10 de septiembre, los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) en Bogotá, del régimen común, tienen plazo para declarar y pagar el tercer bimestre del año gravable 2021, según el último dígito del documento de identificación. Vea más en Finanzas Personales.

Los responsables de esta obligación deben presentarla en las siguientes fechas: 0 y 1, lunes 6 de septiembre; 2 y 3, martes 7; 4 y 5, miércoles 8; 6 y 7, jueves 9; y los finalizados en 8 y 9, el viernes 10 de septiembre.

Recomendado: Pague sin filas el impuesto vehicular en Bogotá con descuento

La Secretaría Distrital de Hacienda señala, igualmente, que, acorde con la Resolución 363 de 2021, quienes no puedan declarar en las fechas asignadas tienen plazo máximo hasta este viernes, 10 de septiembre de 2021, para cumplir con la obligación.

El recaudo del ICA a la fecha alcanza 2,48 billones de pesos, lo que representa un 11% más que el porcentaje reportado en el mismo periodo del año pasado.

Es importante recordar que la declaración se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual. En adelante, los contribuyentes pueden optar por realizar el pago de forma presencial en las entidades recaudadoras autorizadas o hacerlo de manera electrónica, a través la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Entidad, en el enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.

Los contribuyentes de ICA pueden hacer los pagos electrónicos a través del botón de pago PSE o mediante tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la SDH.

Igualmente, es importante indicar que, si la declaración se presenta después de la fecha límite, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los correspondientes intereses moratorios.

Cabe recordar que el vencimiento del cuarto bimestre de ICA está programado del 8 al 12 de noviembre del 2021 y el del quinto, del 6 al 13 de diciembre de 2021.

Convierta a ValoraAnalitik en su fuente de noticias