ANH revela las 53 áreas a disposición de la Ronda Colombia 2021

La ANH reveló las fichas socioambientales del Proceso Permanente de Asignación de Áreas (Ppaa) o Ronda Colombia 2021.

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La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) reveló las fichas socioambientales del Proceso Permanente de Asignación de Áreas (Ppaa) o Ronda Colombia 2021 en las que expuso las áreas nominadas y las dispuestas por la Agencia: 53 en total. Para más información de petróleo haga clic aquí.

Estas son las áreas nominadas (25 en total)*:

Y estas son las áreas dispuestas por la ANH (28 en total)*:

*(Presione cada barril para conocer el nombre del área, su ubicación y sus características)

Agotado el procedimiento de depósito y validación de ofertas de los términos establecidos en la Ronda Colombia 2021 por parte de la ANH, así se manejará el proceso de asignación de áreas:

La ANH asignará las áreas y adjudicará los respectivos contratos al proponente o contraoferente que ocupó el primer lugar en la Lista Definitiva de Elegibilidad correspondiente, mediante actos administrativos motivados, contra los cuales no procede recurso alguno.

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El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene causal de inhabilidad o incompatibilidad, el adjudicatario pierde alguno o algunos de los requisitos de capacidad determinantes de habilitación, se rehúsa a firmarlo sin justificación, o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, podrá ser revocado.

En estos dos últimos casos, quedará a favor de la ANH, en calidad de sanción, el valor de la garantía de seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha garantía y del inicio de las acciones legales que sobre el particular correspondan.

En los eventos de revocatoria del acto administrativo de adjudicación, señalados anteriormente, la Agencia procederá a adjudicar el contrato proyectado al proponente inicial o contraoferente más favorable, según el caso, calificado en segundo lugar de elegibilidad.

De acuerdo con la Agencia Nacional de Hidrocarburos de Colombia, los causales de no Asignación de Áreas incluyen:

-Cuando no se presenten propuestas o presentadas no resulten ser ofertas válidas

-Cuando se presenten motivos o causas fundadas que impidan la selección objetiva.

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-También cuando, con ocasión del desarrollo de la primera etapa del Procedimiento de Coordinación y Concurrencia Nación Territorio, dirigida a determinar y delimitar las Áreas susceptibles de Exploración y Producción de Hidrocarburos, y antes del acto de adjudicación, el área objeto de la oferta se reduzca en más de un 20 % respecto de su tamaño inicial.

Y el oferente que ostente el primer lugar en el respectivo orden de elegibilidad, manifieste expresamente en el plazo que la entidad le confiera, la decisión de retirar su ofrecimiento.

En el último de los casos, la ANH procederá a comunicar la reducción del área al oferente calificado en segundo lugar de elegibilidad, para conocer si hay interés en esta última y ratifique su ofrecimiento inicial; en caso de confirmar pasará a ocupar el primer orden de elegibilidad. De declinar su ofrecimiento, el área se declarará desierta.

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