En Colombia buscan regular contratación de personas en plataformas digitales

Se lee en el cuerpo del documento que ya se fijan algunas disposiciones para darle forma a lo que sería el contrato laboral entre las partes.

Los cambios para los Rappitenderos con la reforma laboral
Los cambios para los Rappitenderos con la reforma laboral. Foto: Valora Analitik
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En la agenda del Congreso de la República ya reposa un proyecto de ley mediante el cual se busca que en Colombia se regule la contratación de personas y aportes a la seguridad social en las plataformas digitales, una medida que impactaría, según la iniciativa, a 200.000 trabajadores en el país.

De acuerdo con el proyecto de ley, al contratista colaborador se le considerará como una persona natural que presta sus servicios de manera autónoma, personal, directa, por cuenta propia y con recursos materiales o intangibles propios, a través de una o varias plataformas y que ejecuta el servicio para un consumidor final.

Se lee en el cuerpo del documento que ya se fijan algunas disposiciones para darle forma a lo que sería el contrato laboral entre las partes, es decir: se crea una relación entre trabajador y plataforma digital.

El contrato, se lee en el proyecto, “deberá contener como mínimo: el objeto del contrato, las partes, los honorarios en su cuantía, forma de pago y periodicidad; derechos y obligaciones de la plataforma y del contratista colaborador; termino de duración, formas y causales de terminación; posibilidad de ceder o no el contrato, sanciones por incumplimiento; obligaciones y derechos de ambas partes, calificaciones e incentivos por el buen servicio y demás que reglamente el Gobierno Nacional”.

Más detalles del plan

Una de las disposiciones más importantes de la iniciativa fija que estas empresas no podrán ejercer control sobre la forma como un colaborador realiza la prestación del servicio, “sin perjuicio de los estándares mínimos de calidad del servicio establecidos previamente por las Empresas de Intermediación Digital”.

Al tiempo que se obliga que se hagan los aportes a la seguridad social a manos del colaborador. La base de cotización, propone el proyecto, será del 40 % del total de los ingresos pagados por la plataforma al contratista colaborador.

“La plataforma aportará el 75 % de la cotización total y el contratista colaborador pagará el 25 % restante. Los aportes al Sistema de Riesgos Laborales serán asumidos en su totalidad por la plataforma”, dice el documento.

En caso de que los colaboradores tengan ingresos inferiores a un salario mínimo mensual vigente, podrán ser vinculados al sistema de seguridad social en pensiones a través de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

“La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) será la entidad encargada de fiscalizar los aportes al Sistema de Seguridad Social de que trata esta ley en favor del Contratista Colaborador”, concluye la iniciativa.

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