Nueva normativa para llantas de motos en Colombia: ¿Cuándo empieza a regir?

La normativa aplica a todas las motos nuevas ensambladas o importadas en Colombia.

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El de Colombia anunció que, a partir del 2 de septiembre de 2025, entrará en vigor una nueva normativa que establece requisitos técnicos para las llantas de motocicletas.. Esta medida, que busca mejorar la seguridad vial en el país, fue inicialmente programada para mayo de 2025, pero se aplazó para permitir una mejor adaptación del sector.

Esta iniciativa está diseñada para garantizar que las llantas cumplan con estándares internacionales de seguridad y aumentar la seguridad.

Es importante mencionar que dicha normativa fue emitida en 2022, sin embargo, se aplazó para permitir una mejor adaptación del sector y está pendiente de oficialización por parte del Gobierno nacional.

¿Qué establece la nueva normativa para las motos?

La resolución 20223040065305 de 2022 exige que las llantas de motocicletas cumplan con estándares internacionales de calidad y seguridad, como los definidos por el Reglamento 75 de la ONU y los Estándares Federales de Seguridad para Motorizados (FMVSS) de Estados Unidos.

Además, también entrará la Resolución 20223040062115 de 2022 “Por la cual se expide el Reglamento Técnico que establece los requisitos aplicables a sistemas de frenado, para uso en vehículos tipo motocicleta”. Entraría en vigencia en octubre de 2025.

Así las cosas, los neumáticos deberán contar con rotulados que incluyan información como:

  • Nombre comercial o marca
  • Designación del tamaño
  • Categoría de velocidad
  • Índice de capacidad de carga
  • Fecha de fabricación
  • Indicaciones como ‘Tubeless’ o ‘Reinforced’, según corresponda

En ese sentido, las llantas deben tener inscripciones que certifiquen su homologación bajo estándares internacionales, como «75R» (Reglamento ONU 75) o «DOT» (norma FMVSS de Estados Unidos).

Motos en Colombia
Nueva normativa para llantas de motos en Colombia: ¿Cuándo empieza a regir? Imagen de MathieuGallion en Pixabay

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También se exige la inscripción “Tubeless” para llantas sin cámara o “Reinforced” para las que están reforzadas, con símbolos determinados como “M+S” para nieve, “MST” o “Moped” para usos especiales.

De igual manera, los neumáticos adecuados que superen velocidades de 240 km/h deberán llevar la legra “V” o “Z”. Dicha información debe estar Información visible.

¿A quiénes les aplica esta nueva normativa?

Inicialmente, la normativa aplica a todas las motos nuevas ensambladas o importadas en Colombia a partir de la fecha de entrada en vigor.

De igual manera, es importante destacar que, de acuerdo con Iván García, director ejecutivo de la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI, la normativa que entrará en vigencia no aplica para motocicletas actualmente registradas y en circulación. Los motociclistas actuales no deben tomar ninguna medida o decisión, pues las normas no tienen un impacto sobre las motocicletas en circulación. La norma aplicará a importadores y ensambladoras para motocicletas nuevas.

«Estas normas solo exigen su implementación para motocicletas nuevas, y aplica para ensambladores e importadores de motocicletas. Es decir, esta normativa no tiene impacto en las motocicletas que ya están registradas y en circulación en el país. Por tanto, que las motocicletas que se encuentran circulando en el país vayan a quedar obsoletas, que no puedan circular o que el usuario deba cambiarlas, como se ha mencionado», explica García.

¿Cuál es la situación actual en Colombia del portafolio de motocicletas en el país en cuanto a estos elementos de seguridad?

  • Con respecto a llantas certificadas: la industria ha anunciado que desde noviembre de 2024 el 100 % de las motocicletas nuevas que se están ensamblando en el país, ya cuentan con llantas certificadas, cumpliendo anticipadamente el reglamento.
  • Con respecto a sistemas de frenada avanzada (CBS o ABS): actualmente en Colombia, el 73 % de las motocicletas que se ofrecen en el país ya cuentan con sistemas de frenada avanzada, tales como ABS o CBS. En 2018, esa cifra era menos de una tercera parte. Antes de octubre de 2025, el 100 % de las motocicletas que se ensamblen en el país contaran con sistemas de frenada avanzada.
  • Con respecto a iluminación siempre encendido o DRL: si bien no es una exigencia normativa, la industria ha avanzado voluntariamente como responsabilidad social y de manera significativa en su incorporación: actualmente casi el 100 % de las motocicletas nuevas en Colombia cuentan con luces siempre encendidas o DRL.

«Las llantas certificadas son uno de los procesos más importantes, ya que garantizan al usuario haber sido sometidas a pruebas y ensayos para asegurar una mejor tracción, permitiendo que las motocicletas frenen de manera mucho más segura», afirmó García.

Y concluye: “La incorporación de sistemas de frenado avanzado en las motocicletas es un avance crucial en términos de seguridad vial. El aumento del porcentaje de motos equipadas con estos sistemas en Colombia representa un hito significativo en la protección de los motociclistas y un aporte de la industria en materia de seguridad vial”.

Finalmente, ingresando a través de este enlace podrá consultar toda la información de esta nueva normativa para las motos en Colombia.