La pensión por invalidez en Colombia verá una nueva reglamentación en el marco de lo que será el nuevo sistema de jubilaciones del país. Entre estos, cuál podría ser el monto que reciban las personas una vez vean avalada esta disposición del sistema de jubilaciones.
De acuerdo con la norma, el derecho se mantiene y se otorgará con base en lo que se defina para el monto ahorrado por el aportante, así como la gravedad de la incapacidad.
De momento, y pendiente de que entre en vigor la nueva ley, el monto mensual de la pensión por invalidez en Colombia será equivalente al 45 % del ingreso base de liquidación, más el 1,5 % de ese ingreso por cada 50 semanas de cotización con posterioridad a las primeras 500 semanas de cotización, esto en caso de que la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 50 % e inferior al 66%.
Se dará el 54 % del ingreso base de liquidación, más el 2 % de ese ingreso, por cada 50 semanas de cotización que el afiliado tuviera acreditadas con posterioridad a las primeras 800 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 66 %.
Pensión por invalidez en Colombia: Este será el pago mínimo
Agrega la norma que la pensión por invalidez en Colombia no podrá ser superior al 75 % del ingreso base de liquidación y en ningún caso la pensión de invalidez podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual.
“La pensión de invalidez se reconocerá a solicitud de la parte interesada y comenzará a pagarse, en forma retroactiva, desde la fecha en que se produzca tal estado”, se lee en la reforma pensional.
“Para los efectos de este artículo entiéndase por ingreso base para liquidar las pensiones de invalidez, el promedio de los salarios o rentas sobre los cuales ha cotizado el afiliado en el pilar contributivo durante los 10 años anteriores al reconocimiento de la pensión”, se lee en la norma.
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Y se aclara que si el cálculo de los 10 años es inferior será actualizado “anualmente con base en la variación del índice de precios al consumidor, según certificación que expida el DANE”.