Empresas deberán cumplir este requisito para pagar las horas extra en Colombia

Las empresas del país deberán llevar un registro de las horas extra en Colombia trabajadas. Esto dice la norma.

Compártelo en:

La reforma laboral impone nuevos mecanismos para las empresas y el control que deben llevar a cabo sobre las horas extra en Colombia que se pueden aplicar para los trabajadores.

Indica la nueva ley que el empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique el nombre y actividad desarrollada.

horas extra en Colombia
Trabajadores y el pago de las horas extra en Colombia. Imagen: MinTrabajo

Dentro de ese documento también se deberá llevar el registro del número de horas extra en Colombia trabajadas con la precisión de si son diurnas o nocturnas.

“Este registro podrá realizarse de acuerdo a las necesidades y condiciones propias de su empresa. El empleador está obligado a entregar al trabajador que lo solicite, una relación de las horas extras laboradas, con las mismas especificaciones anteriores”.

Así mismo, este registro deberá entregarse junto con el soporte que acredite el correspondiente pago.

pago de las horas extra en Colombia
Pago de horas extras a trabajadores en Colombia.Imagen: Tomada cuenta oficial en X de Corabastos

¿Qué otras cosas cambian sobre las horas extra en Colombia?

“De igual modo, de ser requerido, estará obligado a aportar ante las autoridades judiciales y administrativas el registro de horas extras; de no hacerlo la autoridad administrativa del trabajo podrá imponer las sanciones a las que haya lugar”, dice la nueva norma.

Sobre cómo tramitar las autorizaciones para poder trabajar las horas extra en Colombia, la nueva ley deja en claro que no se requerirá permiso del Ministerio del Trabajo para llevar a cabo estos trabajos.

horas extra en Colombia
Trabajadores colombianos. Imagen: Tomada cuenta oficial en X de la Cámara de Comercio de Bogotá

Recomendado: Así cambian los contratos de aprendizaje con la reforma laboral en Colombia

“Sin embargo, cuando se demuestre que el empleador no remunera a sus trabajadores el tiempo suplementario, el Ministerio podrá imponer como sanción que a dicho empleador se le suspenda la facultad de autorizar que se trabaje tiempo suplementario por el término de seis meses, sin perjuicio de las otras sanciones que disponga la ley”, dice la nueva ley.