¿Qué pasa con los recursos de una cuenta bancaria si el titular fallece?

Los bancos notifican internamente la defunción y bloquean el contrato ligado a la cuenta hasta que los herederos presenten la documentación requerida.

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Cuando una persona fallece, no solo deja recuerdos, también deja patrimonio, cuentas bancarias y obligaciones legales que sus herederos deben administrar.

En Colombia, la ley contempla mecanismos para que el dinero que el difunto tenía en bancos no se pierda, pero el proceso puede variar según el monto, los documentos presentados y si existe o no un proceso de sucesión formal.

Esto sucede con las cuentas bancarias al fallecer el titular

Cuando una persona muere, su cuenta bancaria —ya sea de ahorros, corriente, certificados de depósito (CDT) o cheques de gerencia— queda automáticamente congelada por la entidad financiera. Esto es una medida precautoria para evitar movimientos indebidos mientras se resuelven los asuntos sucesorales.

Los bancos notifican internamente la defunción y bloquean el contrato ligado a la cuenta hasta que los herederos presenten la documentación requerida.

Retiro sin sucesión: límite legal y condiciones

La buena noticia es que no siempre es necesario acudir a un proceso de sucesión judicial o notarial para que los herederos retiren los fondos. Si el monto en la cuenta del fallecido no supera un tope legal, los bancos están facultados para entregar ese dinero directamente a los herederos.

Ese límite, vigente entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, está fijado en $87.309.536 para cuentas corrientes, de ahorros, CDT y cheques de gerencia.

Para que este retiro directo sea posible, se deben cumplir condiciones como:

  • Que no exista un administrador o albacea nombrado para la sucesión.
  • Que la persona que reclama el saldo pueda demostrar que es heredera legítima (vínculo con el difunto) mediante documentos oficiales.
  • Que se presenten los documentos requeridos por el banco (ver sección siguiente).

Si el saldo sobrepasa ese límite, entonces sí será necesario abrir el proceso de sucesión para que un juez o notario decida la distribución de los bienes, incluyendo los fondos bancarios.

Documentos que los herederos deben presentar

Para reclamar dinero de cuentas bancarias de un fallecido —ya sea mediante retiro directo (si aplica) o a través de sucesión— se exige una serie de documentos para probar identidad, vínculo con el causante y la legitimidad del reclamo. Algunos de los papeles más comunes son:

  • Registro civil de defunción del titular fallecido (documento oficial que certifica el deceso).
  • Registro civil de nacimiento o certificado que demuestre el vínculo del reclamante con el fallecido (por ejemplo, ser hijo).
  • Registro civil de matrimonio, si quien reclama es el cónyuge sobreviviente.
  • Copia de la cédula de ciudadanía (u otro documento de identidad) de los herederos reclamantes.
  • Declaración jurada de los reclamantes en la que afirmen que no hay administrador nombrado ni proceso sucesorio abierto. En algunos casos, ese documento debe estar autenticado.
  • Formato o solicitud de entrega de saldos que la entidad financiera suele tener disponible.
  • En casos de múltiples herederos, puede requerirse un poder o autorización firmada por todos los implicados.

El banco verificará toda esta documentación antes de aprobar o negar el desembolso.

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Sucesión cuando el monto es mayor o hay conflicto

Si el saldo supera el límite legal o si existe un testamento, albacea nombrado o disputa entre herederos, debe iniciarse un proceso de sucesión ante un juez o una notaría. Allí se declarará quiénes son los herederos, cómo se dividirán los bienes y se entregarán los saldos bancarios conforme a la ley.

Durante el proceso de sucesión:

  • Los bienes del difunto, incluidas cuentas bancarias, integran la masa hereditaria y se reparten según el régimen de sucesión establecido por el Código Civil y el Código General del Proceso.
  • Los bancos deben entregar los fondos luego de que se presenten las resoluciones judiciales o notariales que aprueben la partición de la herencia.

Finalmente, en algunos casos, antes de disponer de los fondos, los herederos deben cumplir obligaciones fiscales —como liquidar impuestos de sucesión— si la ley lo exige.