El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha emitido la Resolución 1197 de 2026, que busca que las encuestas y sondeos de opinión política en Colombia sean más claros, técnicos y honestos.
Esta medida reglamenta la reciente Ley 2494 de 2025 y establece controles estrictos para evitar que la información falsa o malintencionada confunda a la ciudadanía durante los procesos electorales.
1. Solo empresas expertas y registradas
Para que una encuesta sea válida y pueda publicarse, la empresa que la hace debe estar inscrita en el Registro Nacional de Firmas Encuestadoras del CNE.
Las encuestadoras deben demostrar al menos tres años de existencia y haber realizado previamente contratos de estudios de mercado o de opinión, por otro lado, las personas naturales que hacían encuestas tienen un año para convertirse en empresas (personas jurídicas) si quieren seguir en este negocio.
2. Cuentas claras: ¿Quién paga y cómo se hace?
Toda encuesta que veas en medios o redes sociales deberá estar acompañada de una ficha técnica muy detallada que responda a:
- ¿Quién la pagó? Se debe identificar claramente la fuente de financiación.
- ¿A quiénes se les preguntó? Debe explicar cómo se eligió a la gente y asegurar que se incluyeron ciudades grandes y pequeñas para que la muestra sea representativa.
- Margen de error real: No basta con un número general; ahora deben publicar el margen de error específico de cada pregunta.
- Preguntas exactas: Se debe publicar el texto literal de las preguntas y el orden en que se hicieron, para asegurar que no indujeron la respuesta.

3. Diferencia entre «Encuesta» y «Sondeo»
La resolución aclara que una encuesta es un estudio científico con matemáticas rigurosas que representa a toda la población.
Por el lado de los sondeos, son consultas más informales (como las de redes sociales) que no representan a todo el país. Los medios deben aclarar siempre que un sondeo no tiene validez estadística.
4. ¿Cuándo se pueden publicar las encuestas?
Hay reglas de tiempo para la equidad de las campañas: Solo se podrán publicar encuestas sobre quién va ganando a partir de los tres meses anteriores al inicio de las inscripciones de candidatos.
Una vez se cierren las inscripciones, las encuestas están obligadas a incluir a todos los candidatos inscritos y está prohibido publicar cualquier encuesta o sondeo durante la semana anterior a las elecciones presidenciales y el mismo día de las elecciones.
El CNE tendrá «lupa» sobre los datos. Las empresas deben entregar los códigos de computadora y las tablas de datos (anonimizadas) para que el CNE pueda verificar que los resultados no fueron inventados o manipulados. Si una empresa miente o no cumple, el CNE podrá auditarla y sancionarla.




