Alcaldía de Bogotá confirmó circulación de estas motos en Día sin Carro: No les aplicarán multa

Estas motos podrán tener tránsito libre por la ciudad el próximo 5 de febrero cuando se realice el Día sin Carro en Bogotá.

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El próximo 5 de febrero Bogotá tendrá una nueva edición del Día sin Carro y sin Moto, una jornada que busca promover la movilidad sostenible, reducción de emisiones contaminantes y la promoción del uso responsable del espacio público.

Dicha medida comenzará a aplicarse entre las 5:00 de la mañana y las 9:00 de la noche. Durante este tiempo, estará restringida la circulación de carros particulares y motos.

No obstante, desde la Alcaldía de Bogotá, destacaron que hay algunas excepciones, ya que, teniendo en cuenta la regulación, podrán circular algunas motos durante este día.

Según destacaron, aquellas motos que se encuentran vinculadas a plataformas tecnológicas, empresas o establecimientos de comercio que prestan el servicio de domicilio o mensajería, estarán habilitados para transitar este día.

Asimismo, también podrán transitar vehículos de transporte público, transporte escolar, carros especiales para el traslado de personas con discapacidad, vehículos eléctricos, automotores diplomáticos y consulares, las carrozas fúnebres, el transporte de valores y los vehículos asignados a la Unidad Nacional de Protección, entre otros.

Pico y placa
Día sin carro y moto en Bogotá. Imagen: Alcaldía.

¿Qué vehículos tienen prohibido la circulación el Día sin Carro y de cuánto es la multa?

Desde el Distrito destacaron que durante la jornada no podrán circular carros y motos particulares, ni aquellos con permiso de Pico y Placa Solidario, cuyo día será repuesto al final del periodo adquirido.

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Tampoco estarán habilitados los vehículos particulares de medios de comunicación con placa amarilla, los automóviles y motocicletas de academias de conducción, los vehículos híbridos, ni los taxis y vehículos de transporte especial con placas terminadas en 7 y 8. El transporte de carga mantendrá su restricción habitual, conforme a lo establecido en el Decreto Único del Sector Movilidad 652 de 2025.

El incumplir la medida constituirá en una infracción sancionable que tendrá una multa de $633.200 y la inmovilización del vehículo, por lo que el respeto de la medida es clave para garantizar el éxito de la jornada y también de la seguridad vial.