El auxilio funerario de Colpensiones se mantiene dentro de la norma que regula los servicios de los cotizantes al fondo público en Colombia.
De acuerdo con la norma vigente, el fondo público exige una serie de requisitos para poder reconocer el derecho de pago para quienes sufraguen los gastos funerarios del titular de la pensión.
Con esto, el auxilio funerario de Colpensiones se reconoce siempre y cuando los aportantes al sistema garanticen los pagos al fondo público y sean jubilados por esa misma entidad.
Hay que tener presente que estos derechos adquiridos por los cotizantes del paÃs se mantienen dentro del nuevo sistema de jubilaciones que, de momento, entra en vigor desde el 1 de julio.
¿Qué papeles se necesitan para poder reclamar el auxilio funerario de Colpensiones?
- Documento de identificación original del solicitante
- Registro civil de defunción del afiliado o pensionado
- Factura de gastos funerarios con sello de cancelado
- Certificación del centro que prestó el servicio fúnebre
- Carta de autorización de los herederos
- Formato cuenta pago
Explica la entidad que estas certificaciones deben hacerse llegar de manera directa al fondo público para poder desembolsar el dinero al beneficiario del derecho.
Según el fondo público, el auxilio funerario de Colpensiones se reconocerá para terceros beneficiarios cuando se certifique la aprobación del mismo, mediante acto administrativo.
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Y, en la reforma al sistema, el pago no podrá ser inferior a 5 salarios mÃnimos legales mensuales vigentes, pero no podrá superar 10 veces dicho salario.