Avianca le ganó de nuevo la batalla legal a pilotos que fueron a huelga

- Publicidad - La pelea legal entre la aerolínea Avianca y el sindicato de pilotos de Acdac tuvo hoy otro capítulo en el que la empresa volvió a ser vencedora. La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ratificó hoy que la huelga de 51 días llevada a cabo el año pasado fue ilegal. […]

La pelea legal entre la aerolínea Avianca y el sindicato de pilotos de Acdac tuvo hoy otro capítulo en el que la empresa volvió a ser vencedora.

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ratificó hoy que la huelga de 51 días llevada a cabo el año pasado fue ilegal.

Se trata de la tercera confirmación del caso pues antes la Sala Laboral de la Corte y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca habían dicho que el cese de actividades era ilegal.

La huelga de 51 días que realizaron los más de 700 pilotos de Avianca afiliados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), que dejó un saldo de más de 10.000 vuelos cancelados y de más de 300.000 pasajeros afectados, fue declarada ilegal en noviembre de 2017 por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, reportó El Espectador.

La decisión fue por mayoría, cinco votos contra dos. El argumento fue que pilotos prestan un servicio público esencial.

El caso estaba en manos del magistrado Octavio Tejeiro de la Sala Civil, quien presentó ante sus compañeros una ponencia que pedía declarar legal la huelga, lo que generó toda una discusión en los pasillos del Palacio de Justicia, por lo que podía implicar un «enfrentamiento» entre las Salas de la Corte Suprema. No obstante, su posición no tuvo la mayoría de votos necesarios y la tutela fue rechazada: cinco votos contra dos.

En noviembre, la Corte Suprema se había pronunciado ratificando la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que declaró ilegal el paro, señalando que se trata de una actividad que afecta a todo el país, por lo que no pueden incurrir en cese de operaciones.

En ese sentonces, el pronunciamiento de la Corte tuvo en cuenta la jurisprudencia de la Corte Constitucional «mediante la cual se ha ratificado la condición esencial del transporte aéreo y advirtió que, de acuerdo con la doctrina de los organismos de control de la Organización Internacional del Trabajo, la definición de los servicios esenciales depende de las condiciones propias de cada país».

Aunque esta decisión significa que nada cambia sobre la ilegalidad de la huelga de los pilotos, que llevó al despido del presidente de la Acdac, el capitán Jaime Hernandez, y de otros 107 aviadores, aún es posible que la Corte Constitucional seleccione esta tutela para su estudio.

Para el director del área laboral y de la seguridad social de la Universidad del Norte, Víctor Julio Díaz, “este es el resultado de la incertidumbre jurídica que vive el país en esta clase de procesos. Pase lo que pase en la sala civil, cualquiera de las partes puede apelar y llevar el caso a la sala penal (de la Corte Suprema). Y luego también pueden objetar la decisión y mandar el caso a la Corte Constitucional. Incluso, podrían llevar el caso a instancias de la Organización Internacional del Trabajo”.

(Con información de Valora Analitik y El Espectador)

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