¿Cuándo se puede pedir la devolución de aportes en Colpensiones?

Las personas que trabajan en Colombia deben, cotizar semanas de empleo en su fondo de pensión, ya sea en Colpensiones o uno privado.

Reforma pensional en Colombia
Así están ciudadanos pertenecientes a estratos 4, 5 y 6 frente a anuncio de aumento de precios en septiembre. Imagen: Archivo BBVA.

Las personas que trabajan en Colombia deben, o es lo ideal, cotizar semanas de empleo en su fondo de pensión, ya sea Colpensiones o uno privado.

Esto con el fin de que se puedan pensionar una vez cumplan con la edad y el tiempo de trabajo requerido, para las mujeres es de 57 años y hombres 62 y tener un acumulado de 1300 semanas, es decir, 26 años de trabajo.

Así se puede pensionar en , mientras que en un fondo privado sólo se debe cumplir con el ahorro necesario, no importa la edad a la que lo logre.

Ya sea que tenga un contrato fijo o por prestación de servicios, mensualmente debe cotizar lo respectivo a salud y pensión.

Pero a veces hay pagos errados como pagar más de lo debido o hacer dos veces el pago de un mes, por ejemplo, de enero. En estos casos, se debe exigir la devolución de aportes.

Así se hace la devolución de aportes en Colpensiones

La página oficial de Colpensiones aclara que exclusivamente devolverá los aportes a independientes o empresas aportantes en situaciones de realizar un pago errado.

Hay diversos tipos de devolución de aportes autorizados por este fondo en los que se busca que el aportante no pierda su dinero.

  • Exonerado: esta devolución es para los pensionados por vejez o para quienes recibieron una indemnización sustitutiva de la pensión y después efectuaron cotizaciones en pensión como independientes o con un empleador.

En este caso, la solicitud debe hacerla la persona que realizó los aportes a Colpensiones.

  • Cotizaciones dobles: este caso es cuando por un empleador se realizaron cotizaciones dobles para un solo ciclo.

Recomendado: ¿Cómo consultar las semanas cotizadas en Colpensiones?

  • Error de IBC: inconsistencias en la autoliquidación generadas por el reporte de IBC o porcentaje de liquidación incorrecto.
  • Régimen subsidiado E: si la persona dejó de cotizar durante seis meses continuos el aporte correspondiente, es retirada del programa.

También cuando el cotizante llega a los 65 años y sigue pagando mes a mes, se realizará la devolución de aportes hechos con posteridad al retiro reportado por el Administrador del PSAP, Fiduagraria.

  • Decreto 510: correspondiente a afiliados que no efectuaron cotizaciones a salud, pero sí a pensión.

Si presenta alguna de estas situaciones y desea solicitar la devolución de aportes a Colpensiones, debe descargar y diligenciar el formulario haciendo clic acá.

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