Miles de ciudadanos podrán optar por tener una pensión de Colpensiones luego de que la Corte Constitucional eliminara un requisito que, según el alto tribunal, ponía una barrera para ciertos solicitantes.
De acuerdo con el pronunciamiento, son varios los casos que se conocieron en los que el fondo público argumentó no contar con todos los requisitos para el reconocimiento de una jubilación.
El beneficio aplica para las personas que, en Colpensiones, buscan que se les pague la pensión de sobrevivientes, uno de los recursos más usados en el fondo público.
Este tipo de jubilación tiene en cuenta a los beneficiarios (cónyuges, hijos o dependientes económicos certificados) de un titular de una mesada que fallece.

Beneficiados ante Colpensiones con lo que ordenó la Corte Constitucional
Esta mesada también es conocida como la jubilación que se hereda y que ahora será más fácil para las personas que certifiquen el cumplimiento de las obligaciones, sin tener en cuenta la convivencia.
De acuerdo con la Corte Constitucional, Colpensiones no podrá negar la certificación de convivencia cuando se trate de una petición para este tipo de jubilación.
La decisión la tomó el alto tribunal por una demanda interpuesta por la madre de un joven, con pérdida de capacidad laboral, que no convivía con su padre, quien falleció y era sustento económico del solicitante.

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Hay que tener en cuenta que el fondo seguirá haciendo la revisión de estos casos, pues el pronunciamiento no cambiaría condiciones, por ejemplo, para personas que no se separaron de manera legal.




