Cuando un ciudadano acumula multas de tránsito, una de las preguntas más comunes es si existe la posibilidad de que esas multas prescriban. En Colombia si es posible, pero el proceso tiene algunos requisitos que deben cumplirse y no ocurre de forma automática.
Por ello, es importante saber qué es la prescripción, cuándo aplica, cómo solicitarla, y qué entidades participan, según las normas vigentes en el Código Nacional de Tránsito y las guías del SIMIT y las Secretarías de Movilidad.
¿Qué es la prescripción de una multa de tránsito?
La prescripción es la extinción de la obligación de pagar una multa cuando la autoridad de tránsito no ha tomado acciones para cobrarla dentro del tiempo establecido por la ley.
Según el Artículo 159 del Código Nacional de Tránsito, la acción de cobro prescribe a los tres años, contados desde:
- La fecha en que quedó en firme el comparendo, o
- La fecha de imposición de la multa, si el ciudadano no presentó recursos.
- Si la autoridad durante esos tres años no inició un proceso de cobro coactivo, la multa puede considerarse prescrita.
- Sin embargo, la prescripción no es automática: el ciudadano debe solicitarla formalmente.
¿Cuándo no aplica la prescripción?
La prescripción no procede cuando:
- La Secretaría de Movilidad envió notificación de cobro coactivo dentro de los 3 años.
- El ciudadano firmó acuerdos de pago, lo que reinicia términos.
- Se presentó embargo, mandamiento de pago u otra actuación administrativa que detenga el proceso.

¿Cómo solicitar la prescripción de una multa?
En ese sentido, estos son los pasos que debe seguir para solicitar la prescripción:
Revise el estado de sus comparendos
Antes de presentar la solicitud, verifique en:
- SIMIT (www.simit.org.co)
- Secretaría de Movilidad del municipio donde impusieron la multa
- RUNT
Confirme fechas de:
- Imposición del comparendo
- Ejecución del proceso de cobro
- Notificaciones enviadas
- Mandamientos de pago
Esto le permitirá saber si pasaron o no los tres años sin actuaciones de cobro.
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Reúna los documentos necesarios
Generalmente se solicita:
- Fotocopia de la cédula
- Certificado del SIMIT o pantallazo con la fecha del comparendo
- Evidencias de que no ha existido notificación de cobro
- Carta argumentando la solicitud de prescripción
Radique una solicitud formal a la Secretaría de Movilidad
La carta debe incluir:
- Identificación del ciudadano
- Número del comparendo o multa
- Fecha en que quedó en firme
- Argumento de prescripción según artículo 159 del Código Nacional de Tránsito
- Solicitud expresa de eliminación de la deuda del sistema
La radicación puede hacerse:
- En ventanilla física
- Por correo oficial de la Secretaría
- A través de canales virtuales habilitados (según la ciudad)
Esperar la respuesta formal
La entidad tiene entre 15 y 30 días hábiles para responder, dependiendo del municipio.
Si aceptan la prescripción:
- Eliminan la multa del SIMIT
- Se actualiza el estado en el RUNT
- El ciudadano queda habilitado nuevamente para trámites como renovar licencia, comprar o vender vehículo, etc.
Si la niegan:
- Deben demostrar que hubo una actuación de cobro dentro del término.
- El ciudadano puede presentar recurso de reposición y apelación.
Finalmente, abogados especializados en tránsito y guías de entidades como el SIMIT coinciden en que:
- Muchas multas prescriben sin que el ciudadano lo sepa.
- Las Secretarías no eliminan comparendos automáticamente.
- Verificar frecuentemente el estado en SIMIT es clave.
- Es recomendable pedir copia del expediente del comparendo para confirmar si hubo actuaciones de cobro.




