Corte Constitucional evalúa no suspender emergencia económica; presidente Ibáñez se apartaría del debate

La Corte quedaría habilitada para resolver el trámite sin su presidente, y todo apunta a que optará por no suspender los efectos del decreto.

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La Corte Constitucional estaría evaluando no suspender provisionalmente los efectos del decreto de emergencia económica expedido por el presidente Gustavo Petro y avanzar directamente hacia un pronunciamiento de fondo sobre su constitucionalidad.

La discusión se daría sin la participación del presidente del alto tribunal, Jorge Enrique Ibáñez Najar, quien se marginaría del debate tras una recusación formal presentada por el Gobierno.

La solicitud de Presidencia

La recusación fue interpuesta el 21 de enero por el secretario jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo Camacho.

En el documento, la Presidencia sostiene que, aunque Ibáñez no actúa como ponente, su condición de presidente de la Corte y miembro de la Sala Plena lo convierte en decisor directo tanto de asuntos incidentales —como la suspensión provisional— como del fallo de fondo, por lo que debe cumplir un estándar reforzado de imparcialidad.

El Gobierno fundamenta la recusación en una entrevista concedida por Ibáñez al diario El Tiempo el 18 de enero, en la que el magistrado se refirió explícitamente al trámite del decreto de emergencia y a la posibilidad de decretar una suspensión provisional.

Según el escrito, Ibáñez fue más allá de una explicación pedagógica de la jurisprudencia y anticipó una orientación decisoria, al afirmar que la Corte debía “revisar y ampliar la jurisprudencia” para permitir la suspensión provisional de decretos dictados durante estados de excepción, “en este caso del estado de emergencia”.

Para la Presidencia, esa afirmación implica haber conceptuado sobre la constitucionalidad del decreto, pues —de acuerdo con la propia jurisprudencia de la Corte— la suspensión provisional solo procede cuando existe una inconstitucionalidad prima facie, ostensible y manifiesta.

El Gobierno Nacional fue citado a debate de control político por el decreto de emergencia económica.
El Gobierno Nacional fue citado a debate de control político por el decreto de emergencia económica. Foto: Carlos Andrés Ruiz Palacio – Pixabay

Argumento central: imparcialidad comprometida

El documento sostiene que la imparcialidad judicial no solo se afecta cuando existe un sesgo real, sino también cuando se rompe la apariencia de neutralidad ante un observador razonable. En ese sentido, advierte que las declaraciones públicas del presidente de la Corte, en un proceso en curso y de alta sensibilidad política, erosionan la confianza pública en el juez constitucional.

Y es que según estableció Cambio, Ibáñez habría enviado un documento a los despachos de los magistrados para que se analizara la posibilidad de suspender provisionalmente el decreto, pese a que el proceso tiene como ponente al magistrado Carlos Camargo Assis, quien avocó conocimiento el 14 de enero y decretó la práctica de pruebas.

Ese movimiento habría generado incomodidad dentro del alto tribunal, ya que Camargo es quien lidera el estudio técnico y jurídico del decreto y aún se encuentra en etapa de recolección de insumos antes de presentar una propuesta a la Sala Plena.

Con la recusación presentada, la Corte quedaría habilitada para resolver el trámite sin su presidente, y todo apunta a que optará por no suspender los efectos del decreto mientras se adopta una decisión definitiva.

De prosperar esa ruta, la emergencia económica seguirá produciendo efectos jurídicos y fiscales, y la Corte concentrará su análisis en un fallo de fondo.