Declaración de renta en Colombia: DIAN hizo cambios en formularios 350 y 210

Desde el 12 de agosto los colombianos deben hacer su declaración de renta ante la DIAN, pero, la entidad hizo cambios en unos formularios.

Recaudo tributario en Colombia
Solo en octubre se recaudaron $17,02 billones, 7,4 % más que en 2023. Foto: Valora Analitik.

Si este 2024 debe presentar la declaración de renta ante la , debe tener presente que hay cambios implementados en los formularios 350 y 210.

Esto, debido a la facturación electrónica que han implementado comercios de todo tipo para quienes la solicitan, de ese modo, la entidad tributaria puede tener mejor control de la información de cada contribuyente.

Desde el pasado 1 de agosto la DIAN implementó el cambio en el formulario 350 para más de 1.8 millones de contribuyentes, que son agentes de retención por el impuesto sobre la renta y complementarios, sobre las ventas (IVA), timbre nacional y los autorretenedores a título del impuesto sobre la renta y complementarios.

Cambios en el documento 350 para la declaración de renta

  • Retención a persona jurídica o natural: ahora se deberá separar o discriminar las retenciones que se le efectúa a la persona jurídica o natural
  • Compras y ventas: para las retenciones por compras de hidrocarburos, carbón y demás productos mineros se separaron en casillas especiales, así como para las autorretenciones por iguales conceptos
  • Presencia Económica Significativa (PES) – Pagos al exterior: se actualizaron los conceptos bajo la luz de los convenios para evitar la doble imposición ratificados por Colombia.

Se agregó la figura de retención por pago al exterior a contribuyentes del impuesto sobre la renta con presencia económica significativa

De acuerdo con la DIAN el sistema registrará los datos de manera secuencial, lo cual facilitará el diligenciamiento por parte de los contribuyentes a la renta.

Destacado: Así puede consultar con su número de cédula si debe declarar renta en 2024

Cambios del documento 210 de la DIAN

  • La nueva casilla 28 está dedicada a informar el 1 % de compras personales
  • Las casillas 138 y 139 tienen como objetivo informar sobre la deducción adicional por dependientes
  • En la casilla 140 se debe colocar información sobre el exceso en el límite de costos y gastos que se relacionan con el artículo 336-1 del Estatuto Tributario
  • La casilla 111 corresponde al control de la tributación de los dividendos no gravados y gravados a partir de 2017 y siguientes.
  • La casilla 141 está destinada a informar sobre el impuesto voluntario del artículo 244-1 del ET

El formulario 210 hace parte de la declaración de renta y complementario para personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes, y fue prescrito por la Resolución No. 000044 del 14 de marzo de 2024.

Dado que el numeral 1 del artículo 336 del Estatuto Tributario (E.T.) considera los ingresos por todo concepto para la determinación de la renta líquida, se requirió ajustar el mencionado instructivo para indicar que los ingresos provenientes de las rentas pasivas de capital y no laboral hacen parte del cálculo para determinar el límite de la renta exenta y deducciones especiales imputables del 40 %.

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