La entrada en vigor de la reforma al sistema de pensiones dispone que el auxilio funerario de Colpensiones se mantenga para el año entrante bajo ciertos requisitos.
La nueva norma establece que este derecho adquirido por los cotizantes se conserva, incluidos sus respectivos montos.

Según la ley, el auxilio funerario de Colpensiones varía dependiendo de las cotizaciones y los montos acumulados por el titular de la cuenta en el fondo público.
Recibe nuestro boletín en tu correo
Este pago equivale al último Ingreso Base de Cotización (IBC) si la persona era afiliada activa, o a la última mesada pensional si era pensionada.
El valor mínimo a reconocer es equivalente a 5 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV), mientras que el máximo es de 10 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
Documentos necesarios para reclamar el auxilio funerario de Colpensiones:
- Formato Único de Solicitud de Prestaciones Económicas de Colpensiones debidamente diligenciado
- Formato de Cuenta Pago diligenciado para la consignación
- Documento de identidad original del solicitante
- Registro Civil de Defunción del afiliado o pensionado (con fecha de expedición no mayor a 3 meses)
Para que se haga efectivo el pago del auxilio funerario de Colpensiones, es necesario que los solicitantes presenten la factura original de gastos funerarios con sello de cancelado a nombre de la persona que realiza el reclamo.

Recomendado: Lista de familiares que pueden heredar una pensión en Colombia
En caso de contar con pólizas, se requerirá la certificación expedida por la empresa funeraria o aseguradora, detallando los servicios prestados.



