Gobierno fija reglas para subastas de energía limpia y busca emitir la primera

El siguiente paso de la cartera será expedir la resolución de convocatoria para el primer mecanismo en este nuevo modelo de contratación.

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El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40178 de 2026, que define las reglas para la implementación de mecanismos de contratación a largo plazo de energía limpia.

Las normas permitirán negociaciones entre generadores y comercializadores que contribuyan al fortalecimiento de la seguridad energética del país.

De acuerdo con el acto administrativo, la cartera de energía podrá convocar estos mecanismos cuando el mercado lo requiera, cuando exista riesgo de falta de energía o cuando sea necesario avanzar en las metas de política energética del país.

“Esta normativa, junto con el Decreto 1091 del 16 de octubre de 2025, fue diseñada con una perspectiva de largo plazo, de manera que el Gobierno nacional pueda convocar, cuando lo requiera, los diferentes mecanismos competitivos de contratación a largo plazo, como las subastas, sin estar atado a la expedición de nuevas reglas”, afirmó el ministro de Minas, Edwin Palma.

El siguiente paso de la cartera será expedir la resolución de convocatoria para el primer mecanismo en este nuevo modelo de contratación que permitirá la suscripción de contratos de energía de largo plazo con una duración de hasta 15 años e incorporará de manera integral proyectos con fuentes de energía limpia, sistemas de almacenamiento con baterías y diferentes productos horarios.

Edwin Palma, ministro de Minas y Energía de Colombia. Imagen: Ministerio de Minas y Energía
Edwin Palma, ministro de Minas y Energía de Colombia. Imagen: Ministerio de Minas y Energía

¿Cómo las subastas de energía limpia?

Para definir cómo se adjudican estos contratos, se utilizará un algoritmo de optimización que combina las ofertas de venta y de compra, con el objetivo de maximizar el beneficio para el usuario final, promoviendo una energía más eficiente en costos.

Los contratos serán a largo plazo y deberán especificar la cantidad de energía que se entregará al sistema, el precio de esa energía, el tiempo del contrato, el plazo de inicio del suministro, así como las garantías de cumplimiento.

Entre las obligaciones de los vendedores está construir y poner en operación los proyectos a tiempo, cumplir con el cronograma del proyecto (curva S), entregar la energía comprometida y presentar las garantías financieras correspondientes.

Por su parte, los compradores deberán pagar la energía contratada y presentar las garantías de pago establecidas.

Un aspecto central de la resolución es el robusto esquema de garantías, regido por principios de proporcionalidad, necesidad y razonabilidad económica para evitar barreras de entrada innecesarias. Se exigen garantías de seriedad de la oferta, de cumplimiento (para vendedores) y de pago (para compradores), además de respaldar la puesta en operación comercial bajo la regulación vigente de la CREG.

Finalmente, el proceso contará con la supervisión de un auditor independiente encargado de verificar la transparencia, el cumplimiento de las condiciones de competencia y el uso de plataformas tecnológicas seguras que garanticen la ciberseguridad y la integridad de la información.