En Colombia, las multas de tránsito tienen un plazo legal para ser cobradas. Al pasar un tiempo determinado, pueden prescribir y dejan de ser exigibles. Este proceso está regulado por el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002).
En ese caso, la prescripción es una figura jurÃdica que extingue la obligación de pagar una multa cuando la autoridad de tránsito no adelanta las acciones necesarias para su cobro dentro de un plazo determinado. Es decir, si no se inicia el proceso de cobro en el tiempo estipulado, la sanción pierde validez legal.
Plazo para la prescripción de una multa de tránsito
Según el artÃculo 159 del Código Nacional de Tránsito, las sanciones por infracciones de tránsito prescriben en un término de tres años contados a partir de la ocurrencia del hecho sancionable. Este plazo se interrumpe con la notificación del mandamiento de pago, momento desde el cual comienza a contarse nuevamente el término de prescripción.
Asà mismo, la prescripción puede interrumpirse en los siguientes casos:
- Notificación del mandamiento de pago: Cuando la autoridad de tránsito notifica al infractor el inicio del proceso de cobro coactivo, el plazo de prescripción se interrumpe y comienza a contarse nuevamente desde cero.
- Presentación de recursos o demandas: Si el infractor presenta recursos legales o demandas relacionadas con la sanción, el término de prescripción se suspende hasta que se resuelva el recurso.
- Reconocimiento de la deuda: Si el infractor realiza algún acto que implique el reconocimiento de la deuda, como un pago parcial, el plazo de prescripción puede reiniciarse o suspenderse temporalmente.
Procedimiento de cobro coactivo
Si la multa no es pagada voluntariamente, la autoridad de tránsito puede iniciar un proceso de cobro coactivo. Este proceso se inicia con la expedición de un mandamiento de pago, el cual debe ser notificado al infractor.
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La notificación debe hacerse personalmente, previa citación para que el deudor comparezca dentro de los diez dÃas siguientes. Si el deudor no comparece, la notificación puede hacerse por correo.
Una vez notificado el mandamiento de pago, la autoridad de tránsito tiene un plazo de tres años para finalizar el proceso de cobro. Si no lo hace en ese tiempo, la obligación prescribe.
¿Cómo solicitar la prescripción?
Si han transcurrido más de tres años desde la ocurrencia de la infracción y no ha habido notificación del mandamiento de pago ni acciones de cobro por parte de la autoridad de tránsito, el infractor puede solicitar la prescripción de la multa.
Para ello, debe presentar una solicitud formal ante la entidad de tránsito correspondiente, la cual tiene un plazo de 15 dÃas hábiles para responder, según lo establecido en el artÃculo 14 de la Ley 1755 de 2015.
Es fundamental que los conductores estén informados sobre los plazos de prescripción y caducidad de las multas de tránsito para ejercer sus derechos y evitar pagos indebidos. Sin embargo, es recomendable mantener al dÃa las obligaciones legales y cumplir con las normas de tránsito para evitar sanciones y contribuir a la seguridad vial.