Pago de mesada extra de pensión en Colombia se retrasaría por esta causa

El pago de la mesada extra de pensión en Colombia se va a dar para algunos jubilados. De esto se trata

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Una de las modificaciones importantes que trae lo aprobado por el Congreso de la República sobre la reforma al sistema de jubilaciones es la aprobación de una mesada extra de pensión en Colombia para algunos jubilados por vejez.

De acuerdo con el apartado, el reconocimiento de este pago tiene como objetivo reconocer derechos salariales de algunas de las personas que ya hacen parte de la población de pensionados.

mesada extra de pensión en Colombia
Contratos de trabajadores en Colombia. Imagen: Alcaldía de Tunja

Esta mesada extra de pensión en Colombia no aplica para todos los jubilados ya sea por Colpensiones o por algunos de los fondos privados del país y, en cambio, deben cumplirse requisitos clave, más allá de los que aprueba la norma vigente.

Indica la norma en todo caso que este beneficio entra a funcionar desde el momento en el que esté en marcha el nuevo sistema pensional, avalado por el Congreso de la República.

Este pago de la mesada extra de pensión en Colombia se podría retrasar justamente porque la Corte Constitucional pidió a la Cámara de Representantes volver a realizar el debate.

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Algunos deberán buscar fondo privado de pensión en Colombia en 2025. Imagen: Colpensiones

¿Qué sigue para la mesada extra de pensión en Colombia?

Una vez surtido ese proceso, el Alto Tribunal entraría a hacer la revisión a fondo de lo avalado por el Congreso de la República, por lo que ahora no es seguro que la reforma pensional entre a funcionar desde el próximo 1 de julio.

La norma avalada, y pendiente de que se convierta en Ley, no reconoce, como se planteó en su momento, revivir la mesada 14 para todos los pensionados del país, esto último a cuenta de la importante carga fiscal que suponía para el Estado.

Hay que tener presente que este pago de la mesada extra de pensión en Colombia es para los pensionados antes del 25 de julio de 2005, advirtiendo que deben tener una pensión mensual igual o inferior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).​

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Imagen: Alcaldía de Pereira

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Así mismo, será este beneficio para quienes se jubilaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, pero si se tiene una jubilación mensual igual o inferior a tres salarios.​