Pendiente de que la Corte Constitucional defina el futuro del nuevo sistema de jubilaciones, el pago de la mesada de pensión en Colombia es uno de los puntos sustanciales de la nueva norma.
De acuerdo con la ley, los cambios propenden porque el país cuente con un mecanismo eficiente de jubilaciones y que elimine las competencias entre pilares.
Lo anterior quiere decir que elimine pago de la mesada de pensión en Colombia se modificará con base en que el pagador de las jubilaciones ahora se centrará en Colpensiones.
Esto quiere decir que quienes hagan aportes al fondo privado verán la mesada conformada también por lo ahorrado en el pilar individual y sus respectivos rendimientos.

Más detalles del pago de la mesada de pensión en Colombia
En ese sentido, deja en clara la nueva norma que serán giradas 13 mesadas, una por cada mes del año, más una extra correspondiente a la prima.
Este último pago se va a dividir en dos consignaciones, uno para la mitad de año y otro para final de año, correspondiente a la prima de fin de año.
Para algunos aportantes al sistema, vale recordar, el pago de la mesada de pensión en Colombia sumará un giro más, correspondiente a la conocida mesada 14 y será para:
- Pensionados antes del 25 de julio de 2005: Deben tener una pensión mensual igual o inferior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)
- Pensionados entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011: Deben tener una pensión mensual igual o inferior a 3 SMLMV

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El pago de la mesada de pensión en Colombia, recuerda la nueva norma, se entrega a la respectiva cuenta de ahorros del aportante al sistema.