Durante el conversatorio ‘Desordenamiento Territorial’ realizado por las firmas Pombo Caballero y FTI Consulting, se presentaron las nuevas reglas que están redefiniendo el ordenamiento territorial en Colombia.
El evento, llevado a cabo en la ciudad de Bogotá, reunió expertos legales, académicos y representantes del sector público para, según los voceros, analizar cómo estas reformas recientes podrían alterar de manera significativa la distribución constitucional de competencias en el territorio nacional.
El eje central de la discusión giró en torno a la creación de nuevas figuras territoriales mediante decretos y resoluciones emitidas por el Gobierno Nacional. “Estas decisiones han generado preocupaciones jurídicas respecto a si se excedió la facultad reglamentaria del gobierno, si se vulneró la reserva legal al omitir la participación del Congreso, y si se modificó el régimen constitucional sin cumplir los requisitos establecidos”, explicaron las firmas.
Nuevas figuras del ordenamiento territorial
Entre los instrumentos creados recientemente se encuentran las siguientes figuras:
- Zonas de Protección para la Producción de Alimentos (ZPPAs y APPAs): Establecidas en el artículo 32 del Plan Nacional de Desarrollo, estas áreas pueden ser delimitadas por el Ministerio de Agricultura para proteger la producción de alimentos. Estas zonas tienen la potestad de prohibir actividades consideradas contrarias a sus fines, lo que puede entrar en conflicto con los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) locales.
- Reservas Temporales de Recursos Naturales: Creado a través del Decreto 044 de 2024. El Ministerio de Ambiente puede delimitar áreas bajo estudio por hasta 10 años para determinar su eventual protección ambiental. Estas reservas pueden restringir actividades económicas, lo cual podría generar fricciones con los POT y las competencias de las CAR (Corporaciones Autónomas Regionales).
- Territorios Campesinos Agroalimentarios (TECAM): Según el Decreto 780 de 2024, son zonas delimitadas inicialmente por comunidades campesinas, posteriormente reconocidas por la Agencia Nacional de Tierras (ANT). Su objetivo es promover la reforma agraria, el acceso a la tierra y la soberanía alimentaria. Estas figuras pueden solicitar concertación en los POT, lo que implica potenciales tensiones con municipios y CAR.
- Entidades Territoriales Indígenas (ETI): El Decreto 488 de 2025 permite a comunidades indígenas delimitar áreas de gobierno propio, con reconocimiento por parte del Ministerio del Interior y la ANT. Estas entidades reciben financiación del Presupuesto General de la Nación y tienen poder de veto sobre proyectos, obras o actividades, así como capacidad para regular el uso del suelo. Su autonomía genera puntos de fricción con el ordenamiento territorial vigente.
- Autoridades Ambientales Indígenas (AAI): Mediante el Decreto 1275 de 2024, se otorgan funciones regulatorias, de gestión y sanción ambiental a comunidades indígenas dentro de sus territorios. Estas funciones pueden superponerse con las ya asignadas a las CAR, abriendo espacio a conflictos de competencia.
Posibles conflictos constitucionales y superposición territorial
Una de las mayores preocupaciones manifestadas en el conversatorio fue la posibilidad de que estas nuevas áreas territoriales se traslapen con áreas de propiedad privada, concesiones existentes y jurisdicciones municipales o departamentales. El uso del suelo —competencia asignada constitucionalmente a los municipios— y la gestión ambiental —atribución de las CAR— ahora podrían ser ejercidas por distintos ministerios, agencias del nivel central y nuevas entidades territoriales creadas por vía reglamentaria.
«El uso extensivo de decretos para crear nuevas figuras territoriales puede estar alterando de facto el equilibrio constitucional de competencias. Esto genera inseguridad jurídica y conflictos entre autoridades locales, étnicas y nacionales», señalaron los voceros durante el evento.
Así las cosas, los asistentes coincidieron en que es necesario abrir un debate más amplio, participativo y legislativo sobre el nuevo marco territorial, para evitar choques de autoridad y asegurar que la descentralización y autonomía territorial sigan siendo principios operativos del Estado colombiano, puntualizaron.